Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2020
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34º Notaría de Santiago con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) realizar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; b) producir, comprar, vender, importar y exportar bienes y servicios de cualquier clase o naturaleza; c) proyectar, diseñar, construir, mantener, adquirir, vender, arrendar y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles destinadas a la producción de energía eléctrica y potencia, incluyendo centrales de energía renovable no convencional de cualquier tipo, tales como centrales solares, geotérmicas, hidráulicas, eólicas, entre otras; d) desarrollar proyectos de ingeniería y consultoría o asesoría de todo tipo; e) generar energía eléctrica y adicionalmente distribuir, transmitir, comprar y vender energía eléctrica de cualquier naturaleza, en forma directa o a través de otras empresas; f) desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; g) obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos, asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias necesarios para promover o desarrollar los fines de la Sociedad; h) realizar cualquier actividad conexa o conducente al cumplimiento del objeto social, y en general, llevar a cabo cualquier otra actividad que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34º Notaría de Santiago con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2020, Repertorio número 14.752-2020, ante mí, Roberto Montenegro Ramírez constituyó una sociedad por acciones y dictó el texto de su estatuto, del cual extracto lo siguiente: i) Nombre: Alto Solar SpA; ii) Objeto: a) realizar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b) producir, comprar, vender, importar y exportar bienes y servicios de cualquier clase o naturaleza; c) proyectar, diseñar, construir, mantener, adquirir, vender, arrendar y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles destinadas a la producción de energía eléctrica y potencia, incluyendo centrales de energía renovable no convencional de cualquier tipo, tales como centrales solares, geotérmicas, hidráulicas, eólicas, entre otras; d) desarrollar proyectos de ingeniería y consultoría o asesoría de todo tipo; e) generar energía eléctrica y adicionalmente distribuir, transmitir, comprar y vender energía eléctrica de cualquier naturaleza, en forma directa o a través de otras empresas; f) desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; g) obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos, asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias necesarios para promover o desarrollar los fines de la Sociedad; h) realizar cualquier actividad conexa o conducente al cumplimiento del objeto social, y en general, llevar a cabo cualquier otra actividad que acuerden los socios.; iii) El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución por el socio Roberto Montenegro Ramírez. Demás estipulaciones en estatuto extractado.- Santiago, 13 de octubre de 2020.- Eduardo Javier Diez Morello, Notario.-