CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria e Inversiones AEB SpA

CVE 1831875
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2020
Repertorio
19904-2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la planificación, administración, ejecución, desarrollo, gestión, comercialización y explotación de proyectos y negocios inmobiliarios y bienes inmuebles, propios o ajenos o por cuenta propia o de terceros, y en todas sus formas; b) la ejecución y celebración de toda clase de actos y contratos conducentes o necesarios para el pleno desarrollo de toda especie de actividades inmobiliarias o de inversión en negocios inmobiliarios o relacionadas, directa o indirectamente, con la explotación y enajenación de bienes inmuebles y sus accesorios por adherencia o destinación, corporales o incorporales; c) la compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; d) la inversión en toda clase de títulos, valores, acciones, derechos sociales, bonos y valores mobiliarios; e) formar y tomar parte como accionista o socia en otras sociedades existentes actualmente o que se formen en el futuro, cualquiera que sea el objeto de ellas; y f) asumir la representación de empresas nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36 Notaría Santiago, La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública hoy, Repertorio N°19.904-2020, ante mí, ALEJANDRO IGNACIO ECHEVERRÍA BENÍTEZ, constituyó, como único accionista, sociedad por acciones con siguientes estipulaciones: NOMBRE: Inmobiliaria e Inversiones AEB SpA. DOMICILIO: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) la planificación, administración, ejecución, desarrollo, gestión, comercialización y explotación de proyectos y negocios inmobiliarios y bienes inmuebles, propios o ajenos o por cuenta propia o de terceros, y en todas sus formas; b) la ejecución y celebración de toda clase de actos y contratos conducentes o necesarios para el pleno desarrollo de toda especie de actividades inmobiliarias o de inversión en negocios inmobiliarios o relacionadas, directa o indirectamente, con la explotación y enajenación de bienes inmuebles y sus accesorios por adherencia o destinación, corporales o incorporales; c) la compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; d) la inversión en toda clase de títulos, valores, acciones, derechos sociales, bonos y valores mobiliarios; e) formar y tomar parte como accionista o socia en otras sociedades existentes actualmente o que se formen en el futuro, cualquiera que sea el objeto de ellas; y f) asumir la representación de empresas nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad. CAPITAL: $10.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, una sola serie, sin valor nominal e igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagado dinero efectivo mismo acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de octubre de 2020.-