FORESTAL SANTA ARELIA SpA
Instrumento
- Notario
- ALVARO GONZALO MERA CORREA
- Domicilio
- para las comunas de Constitución y Empedrado
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 20.190
Objeto social
Esta administración el accionista podrá ejercerla personalmente o un tercero nombrado por el accionista administrador por escritura pública
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALO MERA CORREA, abogado, Notario Público titular para las comunas de Constitución y Empedrado, en mi Oficio de calle O’Higgins 499-A de esta ciudad, certifica: por escritura pública de fecha de hoy ante mi, don WALDO ENRIQUE NUÑEZ CACERES, Chileno, cedula de Identidad 14.054.417-5, casado, comerciante, con domicilio Sector Paso Oscuro Kilometro 32 Camino San Javier, comuna de Constitución viene en constituir y constituye una “sociedad por acciones” ( SpA), la que se regirá conforme a la ley 20.190 y disposiciones del Artículo 424 del Código de Comercio y sus modificaciones. El nombre o razón social de la Sociedad es “FORESTAL SANTA ARELIA SpA” pudiendo actuar como “ SANTA ARELIA SpA” . El objeto de la sociedad es El transporte de carga por carretera; Servicios forestales, explotación de servicios forestales; comercialización de madera, elaboración y venta de madera, y desechos derivados de la madera; Arriendo de maquinaria liviana y pesada; Arriendo de cabañas compraventa de insumos relacionadas con el transporte, servicios forestales y maquinarias livianas y pesadas , arriendo de cabañas, taller de soldadura y Torno y Servicios de mantención de camiones, maquinaria liviana o pesada, Y todo tipo de actividad que fueren complementarias o anexas a los objetos. El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Constitución, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. La duración de la Sociedad será de carácter indefinido, salvo que alguno de los socios accionistas manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. EL CAPITAL inicial de la sociedad es la suma de $2O.000.000 ( VEINTE MILLONES DE PESOS), que corresponde al 100% acciones, correspondiendo a 2.000 Acciones , nominativas de un valor de $10.000 ( DIEZ MIL PESOS), cada una que se entera en este acto por Don WALDO ENRIQUE MUÑOZ CACERES en dinero efectivo al contado, ingresando a las arcas sociales la suma de $20.000.000 ( Veinte Millones de Pesos) acciones serán ordinarias, y representaran un voto por acción. La responsabilidad del accionista o los accionistas sólo será hasta el monto de sus respectivos aportes. La forma como se ejercerá la administración de la sociedad y su representación corresponderá al accionista WALDO ENRIQUE NUÑEZ CACERES quien actuando anteponiendo su firma, podrá representar y obligar judicial o extrajudicialmente a la sociedad para el cumplimiento de su objeto social. Esta administración el accionista podrá ejercerla personalmente o un tercero nombrado por el accionista administrador por escritura pública. Demás estipulaciones escritura extractada. Constitución, 15 de octubre del 2020.-