MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PROCLINIK DENTAL SERVICE LIMITADA

RUT 76388877-0 CVE 1831502
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2020
Repertorio
11027/2020
Notario
Maria Patricia Donoso Gomien
Oficio
vigésimo Septima Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
5 años, renovables, salvo aviso con anticipación de 6 meses por escritura anotada al margen de la inscripción social

Objeto social

a) La atención médica y dental de pacientes particulares o a través de convenios, beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado; b) La prestación de servicios clínicos de odontología general y sus especialidades, cirugía y rehabilitación oral y, en general, todo lo concerniente a la medicina oral; c) La compra y venta, exportación e importación de materiales, insumos, maquinarias y aparatos odontológicos para uso propio o ajeno; y d) Cualquier actividad relacionada con el objeto social que los accionistas estimen conducentes al fin social, sin limitación de ninguna especie.- Administración, representación y

Administración

Edwin Palacios Bustos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Maria Patricia Donoso Gomien, abogado, Notario Público Titular de la vigésimo Septima Notaria de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, Certifico: Por escritura de 16 de septiembre de 2020, repertorio 11027/2020, ante mí, comparecen: EDWIN PALACIOS BUSTOS, C.I. extranjeros N°24.455.871-2, domiciliado en Magnere 1580, of.806, Providencia, Región Metropolitana; y OSCAR LEONARDO GONZÁLEZ GRANDA, C.I. extranjeros N°24.568.742-7; domiciliado en Gral. del Canto 105, of. 304, Providencia, Región Metropolitana; modificaron sociedad “PROCLINIK DENTAL SERVICE LIMITADA”, cuyo extracto se encuentra inscrito a fs. 55.455 N°34.194 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014. Se modificó la sociedad en los siguientes términos: OSCAR LEONARDO GONZÁLEZ GRANDA vende, cede y transfiere el 100 por ciento de sus derechos, equivalentes a un 50 por ciento de los derechos sociales totales a EDWIN PALACIOS BUSTOS quien los adquiere y acepta para sí. Precio de la cesión $5.966.000; Como consecuencia de las ventas, cesiones y transferencias se retira de la sociedad OSCAR LEONARDO GONZÁLEZ GRANDA, quedando como único socio EDWIN PALACIOS BUSTOS quien transforma la sociedad “PROCLINIK DENTAL SERVICE LIMITADA”, en una sociedad por acciones, continuadora del RUT Nº 76.388.877-0 y del giro comercial existente y fija nuevos estatutos: Razón social “EP SERVICIOS INTEGRALES SpA”, nombre de fantasía “EP SpA”.- Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Objeto: a) La atención médica y dental de pacientes particulares o a través de convenios, beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado; b) La prestación de servicios clínicos de odontología general y sus especialidades, cirugía y rehabilitación oral y, en general, todo lo concerniente a la medicina oral; c) La compra y venta, exportación e importación de materiales, insumos, maquinarias y aparatos odontológicos para uso propio o ajeno; y d) Cualquier actividad relacionada con el objeto social que los accionistas estimen conducentes al fin social, sin limitación de ninguna especie.- Administración, representación y uso de la razón social: Edwin Palacios Bustos.- Capital: El capital suscrito y pagado es la suma de $10.000.000, que se ha enterado de conformidad a escritura de constitución social de 28 de julio 2014, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal.- Duración: 5 años, renovables, salvo aviso con anticipación de 6 meses por escritura anotada al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones según pacto social. Santiago, 14 de octubre de 2020.