MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LIBRERÍA Y BAZAR C.G.I. SOLUCIONES LIMITADA

RUT 76085261-9 CVE 1831055
Fecha instrumento
5 de octubre de 2020
Notaría
Santiago de don Roberto Cifuentes Allel

Instrumento

Fecha
5 de octubre de 2020
Repertorio
8273-2020
Comuna
Santiago de don Roberto Cifuentes Allel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTI Notario Público suplente del Titular de la 48° Notaría de Santiago de don Roberto Cifuentes Allel, con oficio en avenida Apoquindo N°3076, oficina 601, Las Condes, Santiago certifica: por escritura pública de fecha 05 de octubre de 2020, Repertorio N° 8273 -2020 otorgada ante mí: doña ELIZABETH PATRICIA HERESI ARROYO; doña MÓNICA DEL CARMEN HERESI ARROYO; don VICENTE GUSTAVO LORCA VALENCIA, todos con domicilio en Avenida Cristóbal Colón Nº 7.000, comuna Las Condes, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “LIBRERÍA Y BAZAR C.G.I. SOLUCIONES LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “C.G.I. LTDA”, constituida el día 12 de enero de 2010 ante Notario Público y Archivero Judicial Titular de San Miguel, doña VALERIA RONCHERA FLORES, inscrita a fs 1753 Nº 1163 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010, publicada en D.O. Nº 39.566 de 21 de enero de 2010 y modificada el día 7 de junio de 2012 ante Notario Público de Las Condes don GONZALO HURTADO MORALES, inscrita a fs 48474 Nº 33996 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, publicada en D.O. Nº 40.315 de 19 de julio de 2012 en cuanto: 1).- doña ELIZABETH PATRICIA HERESI ARROYO, con el consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere a don VICENTE GUSTAVO LORCA VALENCIA, el 49 por ciento de los derechos en la sociedad, quien los compra, acepta y adquiere para si. 2).- doña MÓNICA DEL CARMEN HERESI ARROYO, con el consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere a don VICENTE GUSTAVO LORCA VALENCIA, el 1 por ciento de los derechos en la sociedad, quien los compra, acepta y adquiere para si. Los actuales socios modifican el estatuto social de la siguiente manera: Modifican la cláusula cuarta de los estatutos sociales, referido a la administración, eliminándose la frase “La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a doña ELIZABETH PATRICIA HERESI ARROYO y MÓNICA DEL CARMEN HERESI ARROYO” y se reemplaza por “La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a doña ELIZABETH PATRICIA HERESI ARROYO y a don VICENTE GUSTAVO LORCA VALENCIA, quienes actuando individual y separadamente, y anteponiendo la razón social a sus nombres y firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos” a la sociedad con todas las facultades conferidas en el pacto social primitivo. Sustituyen el artículo quinto de los estatutos sociales, referido al capital social, en el siguiente sentido: “QUINTO: El capital social es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan de contado y en dinero en efectivo al suscribirse la presente escritura: a) doña ELIZABETH PATRICIA HERESI ARROYO, aporta la suma de quinientos mil pesos, que corresponde al cincuenta por ciento del haber social; b) don VICENTE GUSTAVO LORCA VALENCIA aporta la suma de quinientos mil pesos, que corresponde al cincuenta por ciento del haber social”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social primitivo y su modificación. Santiago, 13 de octubre de 2020.