DISTRIBUIDORA CAJAS DEL PUEBLO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 10 años desde fecha escritura extractada, renovable en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales del modo indicado en escritura
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena, en tanto la ley lo permita, de las siguientes actividades: a) La compra, venta, importación, exportación, fabricación, industrialización, procesamiento, desarrollo, comisión, consignación, distribución, representación, producción y la comercialización, en general, al por mayor o detalle de todo tipo de bienes, alimentos, frutas, verduras, frutos secos, demás productos agrícolas y alimentos en estado natural, manufacturado, deshidratado, congelado, envasado natural, huevos, productos lácteos, carnes de toda clase, y mercaderías en general, bebidas, jugos, vinos, bebidas alcohólicas u otros artículos similares, por cuenta propia o ajena; b) La compra, venta, importación, exportación, fabricación, industrialización, procesamiento, desarrollo, comisión, consignación, distribución, representación, producción y la comercialización, en general, al por mayor o detalle de todo tipo de artículos, productos e insumos de limpieza y aseo para el hogar e industrial, insumos de oficina, entre otros, por cuenta propia o ajena; c) El transporte, distribución y sub distribución de toda clase de productos y carga, nacionales o importados de cualesquiera clase, ya se que los realice con vehículos y equipos propios o de terceros; d) La compra, venta, importación, exportación, comercialización, fabricación, industrialización, procesamiento, suministro, producción, desarrollo, comisión, consignación y la representación, de toda clase de bienes corporales muebles, sin limitación de ningún tipo, clase o naturaleza, sean propios o de terceros; e) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos.- Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don DAVID BENJAMÍN NAVEA CARRASCO CNI 10.387.367-3, doña JUANA MARCELINA MARINAO MARÍN CNI 11.003.649-5, y don CÉSAR FELIPE GÁRATE LÓPEZ CNI 20.340.408-5, quienes actuarán en calidad de administradores estatuarios, de forma separada e indistintamente, con las más amplias facultades, y en forma conjunta dos cualquiera de ellos, únicamente para las situaciones que se indican en la escritura extractada.- San Miguel, 13 de octubre de 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, domiciliado Av. Gran Avenida José Miguel Carrera 4.886, San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 13/10/2020, ante mí, don DAVID BENJAMIN NAVEA CARRASCO, chileno, mayor de edad, casado con separación total de bienes, factor de comercio, CNI 10.387.367-3 y doña JUANA MARCELINA MARINAO MARÍN chilena, mayor de edad, casada con separación total de bienes, factor de comercio, CNI 11.003.649-3, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: NOMBRE: “DISTRIBUIDORA CAJAS DEL PUEBLO LIMITADA, pudiendo indistintamente usar la abreviación “Ltda.”. Nombre de fantasía “CAJAS DEL PUEBLO LTDA.”.- OBJETO: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena, en tanto la ley lo permita, de las siguientes actividades: a) La compra, venta, importación, exportación, fabricación, industrialización, procesamiento, desarrollo, comisión, consignación, distribución, representación, producción y la comercialización, en general, al por mayor o detalle de todo tipo de bienes, alimentos, frutas, verduras, frutos secos, demás productos agrícolas y alimentos en estado natural, manufacturado, deshidratado, congelado, envasado natural, huevos, productos lácteos, carnes de toda clase, y mercaderías en general, bebidas, jugos, vinos, bebidas alcohólicas u otros artículos similares, por cuenta propia o ajena; b) La compra, venta, importación, exportación, fabricación, industrialización, procesamiento, desarrollo, comisión, consignación, distribución, representación, producción y la comercialización, en general, al por mayor o detalle de todo tipo de artículos, productos e insumos de limpieza y aseo para el hogar e industrial, insumos de oficina, entre otros, por cuenta propia o ajena; c) El transporte, distribución y sub distribución de toda clase de productos y carga, nacionales o importados de cualesquiera clase, ya se que los realice con vehículos y equipos propios o de terceros; d) La compra, venta, importación, exportación, comercialización, fabricación, industrialización, procesamiento, suministro, producción, desarrollo, comisión, consignación y la representación, de toda clase de bienes corporales muebles, sin limitación de ningún tipo, clase o naturaleza, sean propios o de terceros; e) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos.- Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.- DOMICILIO: Santiago. DURACION: 10 años desde fecha escritura extractada, renovable en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales del modo indicado en escritura.CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de un $1.000.000, que se aporta y paga del siguiente modo: a) don DAVID BANJAMÍN NAVEA CARRASCO, aporta la suma de $500.000, que paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en arcas sociales; b) doña JUANA MARCELINA MARINAO MARÍN, aporta la suma de $500.000, que paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en arcas sociales.- Del modo referido, el capital social queda íntegramente pagado.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don DAVID BENJAMÍN NAVEA CARRASCO CNI 10.387.367-3, doña JUANA MARCELINA MARINAO MARÍN CNI 11.003.649-5, y don CÉSAR FELIPE GÁRATE LÓPEZ CNI 20.340.408-5, quienes actuarán en calidad de administradores estatuarios, de forma separada e indistintamente, con las más amplias facultades, y en forma conjunta dos cualquiera de ellos, únicamente para las situaciones que se indican en la escritura extractada.- San Miguel, 13 de octubre de 2020.