CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ASESORA JURÍDICO INMOBILIARIA COLCHAGUA SpA

CVE 1830894
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2020
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Servicios de asesoría y consultoría en materias legales, inmobiliarias, financieras, comerciales y contables; Servicios de representación de terceros en gestiones administrativas, financieras, comerciales, en procedimientos judiciales y extrajudiciales, sea por cuenta propia o de terceros, pudiendo suscribir toda clase de contratos y convenios con instituciones públicas o privadas que digan relación con el objeto principal de la sociedad. Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas, para desarrollar directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o fuera de él, principalmente las actividades de inversiones con carácter permanente o de renta en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, o en otras sociedades; Comprar y vender, dar y tomar en arrendamiento, administrar, distribuir, comerciar y gestionar, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, sea por cuenta propia o de terceros, en relación a todo tipo de bienes muebles e inmuebles, incluyendo pero no limitando a materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinaria, herramientas, vehículos, propiedades inmuebles, dependencias u otros bienes afines, en la actualidad o en el futuro, y en general realizar las actuaciones, gestiones y contratos que sean necesarios y conducentes a la consecución de los fines sociales. La sociedad podrá participar en otras sociedades u otras personas jurídicas o empresas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades, tanto en Chile como en el extranjero

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 09/09/2020, Repertorio número 10.547/2020, ante mí, DIEGO DÍAZ BROWER, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: “ASESORA JURÍDICO INMOBILIARIA COLCHAGUA SpA”. Objeto: Servicios de asesoría y consultoría en materias legales, inmobiliarias, financieras, comerciales y contables; Servicios de representación de terceros en gestiones administrativas, financieras, comerciales, en procedimientos judiciales y extrajudiciales, sea por cuenta propia o de terceros, pudiendo suscribir toda clase de contratos y convenios con instituciones públicas o privadas que digan relación con el objeto principal de la sociedad. Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas, para desarrollar directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o fuera de él, principalmente las actividades de inversiones con carácter permanente o de renta en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, o en otras sociedades; Comprar y vender, dar y tomar en arrendamiento, administrar, distribuir, comerciar y gestionar, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, sea por cuenta propia o de terceros, en relación a todo tipo de bienes muebles e inmuebles, incluyendo pero no limitando a materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinaria, herramientas, vehículos, propiedades inmuebles, dependencias u otros bienes afines, en la actualidad o en el futuro, y en general realizar las actuaciones, gestiones y contratos que sean necesarios y conducentes a la consecución de los fines sociales. La sociedad podrá participar en otras sociedades u otras personas jurídicas o empresas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades, tanto en Chile como en el extranjero. Capital: 1.000.000 CLP, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por don DIEGO DÍAZ BROWER y por doña ÁNGELA MARIEL JORQUERA PÉREZ, y que se pagarán en el plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Octubre 08 de 2020.