Instrumento
- Fecha
- 8 de octubre de 2020
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES
- Oficio
- Titular de la 7ª Notaría
Sociedad
- Capital
- $2.500.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Objeto social
Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Notario Público Suplente de la Titular de la 7ª Notaría, doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, certifico: Ante mí por escritura pública el 8 de Octubre de 2020, las señoritas WENDY MARISELA PARRA FREITE, domiciliada en calle Capitán Ignacio Carrera Pinto Nº 4.971, departamento B 51, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana y ROSARIO DEL VALLE BRICEÑO PINEDA, domiciliada en calle Coquimbo Nº 1.189, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad por acciones, nombre “ALL STYLES SpA”.Objetos de la sociedad:1) Desarrollar negocios relacionados con salones de belleza en general, en sus diversas especialidades y servicios en forma integral; 2) Comercializar productos de estética, embellecimiento, cuidado personal, maquillaje, perfumería, y de mejoramiento del acondicionamiento físico; 3) Arrendar, subarrendar y explotar posiciones de trabajo, franquicia de marcas y procedimientos de belleza; 4) Asesoría integral en materia de estética personal; 5) En general, realizar todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas a su giro principal, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Capital. El capital de la sociedad es $2.500.000, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de una misma serie, todas suscritas y pagadas del modo que indica artículo 1º transitorio. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 14 de Octubre 2020.