TRANSPORTES HERRERA Y ARRIOLA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de octubre de 2020
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con domicilio Orrego Luco 0153, Providencia, certifico que por escritura pública hoy, ante mí, comparecieron las personas de CRISTIÁN SEBASTIÁN HERRERA AZOCAR, cédula de identidad 6.989.820-3, domiciliado en El Vergel 2282, departamento 902, Providencia, Santiago, Región Metropolitana, HÉCTOR SEGUNDO ARRIOLA ROJAS, cédula de identidad 11.127.836-9, domiciliado en Santa Marta 878, San Bernardo, Santiago, Región Metropolitana, y JOSÉ TOMÁS HERRERA SUÁREZ, cédula de identidad 19.230.978-6, domiciliado en El Vergel 2282, departamento 902, Providencia, Santiago, Región Metropolitana, acordaron cesión de derechos y modificación de la sociedad “TRANSPORTES HERRERA Y ARRIOLA LIMITADA”: TERCERO: Héctor Segundo Arriola Rojas vende, cede y transfiere la totalidad de sus respectivos derechos sociales a José Tomás Herrera Suárez, quién los acepta y recibe para sí. CUARTO: Precio de la cesión asciende a $4.500.000.- por los derechos cedidos, pagados al contado y en dinero en efectivo. QUINTO: Pasan a ser Cristián Sebastián Herrera Azocar y José Tomás Herrera Suárez los únicos y exclusivos socios, y en un cincuenta por ciento de los derechos sociales para cada uno de ellos. SEXTO: Modifican la cláusula tercera de los estatutos sociales, reemplazando la razón social por “TRANSPORTES HERRERA Y HERRERA LIMITADA”, pudiendo la sociedad usar el nombre de fantasía “THH LTDA.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado rige el estatuto social original. CERTIFICO: Que a la fecha de otorgamiento de la escritura, y previa la cesión de derechos, el capital social asciende a la suma de $9.000.000.-, enterado y pagado, figurando como únicos socios en la sociedad las personas de CRISTIÁN SEBASTIÁN HERRERA AZOCAR y HÉCTOR SEGUNDO ARRIOLA ROJAS, en igualdad de derechos en la misma entre ambos. Santiago, 02 de octubre de 2020.