MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA VALLE NONGUEN LIMITADA

RUT 76761578-7 CVE 1830407
Capital
$9.150.000 CLP
Fecha instrumento
14 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
14 de septiembre de 2020
Repertorio
2900
Notario
CARLOS MIRANDA JIMENEZ
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$9.150.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS MIRANDA JIMENEZ, Notario Público de Concepción, con oficio en Barros Rana 989, certifica. Que por escritura pública de fecha 14 de Septiembre de 2020, Rep.N°6874, ante mí, don MOISES ELIAS VENEGAS JARA, empresario, cédula de identidad N° 10.300.357-1, don MOISES IGNACIO VENEGAS MUÑOZ, comerciante, cédula de identidad N°18.810.788-5, don DIEGO ALEJANDRO VENEGAS MUÑOZ, comerciante, cédula de identidad N°19.332.416-9, y doña EMA ANDREA VENEGAS MORALES, comerciante, cédula de identidad N°15.612.977-1; todos con domicilio en camino Nonguén N°2025, Concepción; modifican “SOCIEDAD INMOBILIARIA VALLE NONGUEN LIMITADA”, RUT 76.761.578-7, constituida por escritura pública de fecha 24 de mayo del año 2017, repertorio N°2.900 del año 2017 de esta notaría, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial dentro de plazo legal, inscrita a fs. 1454, N°1142 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, del año 2017; saneada mediante escritura pública de esta misma Notaría, con fecha 5 de julio del año 2017, inscrita a fs. 1637 vta. N°1287 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, del año 2017. Capital: $9.150.000.- La modificación que por esta escritura se acuerda consisten en: MOISES ELIAS VENEGAS JARA, vende, cede y transfiere el total de sus derechos e interés en la sociedad, por partes iguales a los otros tres socios, quienes lo compran y adquieren para ellos en el precio de $3.000.000.- cada uno, que se paga de contado por cada uno, declarando el cedente que se da por recibido del precio de la cesión a su entera satisfacción, dándolo por íntegramente pagado.- Atendida las cesiones antes indicadas, la sociedad ha quedado constituida por don MOISES IGNACIO VENEGAS MUÑOZ, don DIEGO ALEJANDRO VENEGAS MUÑOZ, y doña EMA ANDREA VENEGAS MORALES, quienes poseen igual participación en el capital social, es decir, cada uno es dueño de un tercio de los derechos sociales.- La administración y uso de la razón social corresponderá a doña EMA ANDREA VENEGAS MORALES, quien podrá representar a la sociedad con las mismas facultades que señala el pacto social original.- Sin perjuicio, para enajenar o gravar inmuebles; prometer enajenar o gravar inmuebles; o caucionar obligaciones de terceros en nombre la sociedad, se requerirá la voluntad y firma de todos los socios.- En lo no modificado se mantiene plenamente vigente el pacto social original.- Concepción, 13 de Octubre de 2020.