MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RESTAURANT EL CHEF DE LA VAQUITA LIMITADA

RUT 76303098-9 CVE 1830821
Fecha instrumento
5 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de octubre de 2020
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº21.120

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Paseo Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Que por escritura fecha 05 de Octubre de 2020, ante mí, DORILA DE LAS MERCEDES MUÑOZ OLMEDO, MARTÍN IGNACIO FLORES MUÑOZ, antes conocido como CAMILA ANDREA FLOREZ MUÑOZ, ambos Avenida Quilín Norte Nº8.119, Casa 57, Condominio Vista Cordillera VI, Peñalolén, Santiago; modificaron sociedad “RESTAURANT EL CHEF DE LA VAQUITA LIMITADA", con nombre de fantasía "LA PARRILLA DEL CHEF”; constituida 29/10/2013, ante el Notario que autoriza, cuyo extracto se inscribió a Fojas 83.613, N°54.861 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2013; siguiente sentido:- 1) Dejar establecido, que doña CAMILA ANDREA FLORES MUÑOZ, ha cambiado de género y nombre, según consta en su partida de nacimiento mediante Rectificación Administrativa Ley Nº21.120 con fecha 20 de Enero del año 2020, entendiéndose desde esa fecha que su actual nombre es MARTÍN IGNACIO FLORES MUÑOZ.- 2) Como consecuencia de lo anterior, y a mayor abundamiento, los actuales y únicos socios de “RESTAURANT EL CHEF DE LA VAQUITA LIMITADA”, son: Doña DORILA DE LAS MERCEDES MUÑOZ OLMEDO con un 55% del capital social y don MARTÍN IGNACIO FLORES MUÑOZ, con el 45% restante del capital social; y en esta condición ratifican lo estipulado en la cláusula Séptima del pacto social primitivo, en sentido que la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social, con las facultades allí señaladas y actuando como se establece, corresponde única y exclusivamente a don MARTÍN IGNACIO FLORES MUÑOZ; quien anteponiendo a su firma la razón social, estará investido de todas y cada una de las facultades señaladas en la Cláusula Séptima del estatuto social.- En lo no modificado, regirá plenamente el pacto social establecido en la escritura de constitución de la sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 13 de Octubre de 2020.-