Inversiones Polaris Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de septiembre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social es la ciudad de Santiago. Los socios declaran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 15 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. VI
Objeto social
A) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. C) La construcción, venta, comercialización, adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán a don Mario Andrés Naretto Böke, don Rodrigo Naretto Böke, y don Cristián George Naretto Böke; quienes contarán con las más amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura Pública de fecha 29 de septiembre de 2020, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz: don Mario Andrés Naretto Böke, Naretto y Compañía Limitada, y Kaikén Inversiones y Turismo SpA, domiciliados en Avenida Holanda 331, Comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana. Vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos. I. Razón social. “Inversiones Polaris Limitada”, nombre de fantasía “Polaris Ltda”. II. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán a don Mario Andrés Naretto Böke, don Rodrigo Naretto Böke, y don Cristián George Naretto Böke; quienes contarán con las más amplias facultades de administración. Los administradores, según corresponda, actuando de la forma y con las limitaciones que se indican en la escritura extractada, y anteponiendo a su firma la razón social contarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad, pudiendo actuar con las facultades enunciadas en la escritura extractada. III. Capital. El capital social es la suma única y total de $1.200.000, los cuales serán pagados por sus socios en dinero efectivo o especies, dentro del plazo de un año contado desde esta fecha, en las siguientes cantidades y proporciones: i) don Mario Andrés Naretto Boke, con la suma de $400.000, equivalentes a un tercio del capital y los derechos sociales; ii) La sociedad Naretto y Compañía Limitada, con la suma de $400.000, equivalentes a un tercio del capital y los derechos sociales; y iii) La sociedad Kaiken Inversiones y Turismo SpA, con la suma de $400.000, equivalentes a un tercio del capital y los derechos sociales. IV. Objeto. A) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. C) La construcción, venta, comercialización, adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. V. Duración. La sociedad tendrá una duración de 15 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. VI. Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago. Los socios declaran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 09 de octubre de 2020.-