Sociedad de Transportes Gofri Limitada
Instrumento
- Fecha
- 25 de septiembre de 2020
- Notario
- JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA
- Oficio
- Cuarta Notaria De Los Ángeles
- Comuna
- De Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESSICA LORENA AGUILERA TAPIA, Abogada, Notario Público de la Cuarta Notaria De Los Ángeles, suplente del titular don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Caupolicán 355, certifico: Que por escritura pública, Rep. 3664-2020, otorgada ante don Juan Mauricio Araneda Medina con fecha 25 de Septiembre de 2020, don Alexis Enrique González Fritz, doña Ximena Concepción Fritz Sáez y don Pascual Enrique González Ramírez todos con domicilio en Mulchén, el primero en Villalón Número 020 y los dos segundos en Villalón Número 689 modificaron “Sociedad de Transportes Gofri Limitada“ o “Transportes Gofri Ltda“ Rol único Tributario 76.198.499 – 3, inscrita en el Registro de Comercio de Los Angeles a fojas 313, Nº 202 del año 2012, extracto publicado Diario Oficial del 22 Febrero 2012, edición Número 40194; Modificada por primera vez por escritura pública del 17 de Diciembre del 2014 consistente en retiro de socia Ximena Cecilia González Fritz quien vendió, cedió y transfirió el 30 % de la totalidad de sus derechos sociales a socia Ximena Concepción Fritz Sáez, extracto publicado de Bienes Raíces de Los Angeles a fojas 108, Número 75, año 2015; Modificación consistente en retiró de sociedad de Don Alexis Enrique González Fritz ingresando Don Pascual Enrique González Ramírez. CESION DE DERECHOS: Don Alexis Enrique González Fritz, vende, cede y transfiere el 100 % de la totalidad de sus derechos y acciones que al cedente le corresponden en la Sociedad de Transportes Gofri Limitada y que equivalen a 30%, a don Pascual Enrique González Ramírez en $3.000.000.- pagados al contado. MODIFICACION, Los únicos socios Doña Ximena Concepción Fritz Sáez y Don Pascual Enrique González Ramírez en participación del 70 % y en un 30 % del haber social respectivamente acuerdan modificar Cláusula Sexta del pacto social, utilidades y eventuales pérdidas se repartirán en un 50 % para cado uno y la Cláusula Cuarta , administración y uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a don Pascual Enrique González Ramírez quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma a la razón social podrá obligarla en toda clase de actos o gestiones con las facultades que en dicha cláusula se indican. Capital: $10.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. En todo lo no modificado por la presente escritura rige plenamente el contrato de sociedad del 02 de Febrero de 2012 y modificación del 17 de Diciembre del 2014.- Los Angeles, 09 de Octubre de 2020.