CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVIPRO SpA

CVE 1829735
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2020
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Objeto social

El objeto social o giro de la empresa es el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, el arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces, por via on-line o en forma física, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones; la administración, y cualquier otro acto que se relacione, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; a adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y la participación en toda clase de nuevas sociedades y la participación en aquellas ya constituidas, sea para uno o más negocios determinados o con carácter permanente. Igualmente la sociedad podrá ejercer la realización de todo tipo de asesorías, estudios y consultorías de carácter jurídico, comercial, financiera, medio ambiental, contable, tributaria, asesorías en el áreas de ingeniera civil de todo tipo. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada, o en co-participación con terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2020, otorgada ante mí, doña NAYIBE COROMOTO SALAZAR CENTENO, domiciliada en calle Cochrane número sesenta y seis departamento setecientos seis de la ciudad de Concepción, constituyó una sociedad por acciones con el nombre de: “SERVIPRO SpA”. Pudiendo actuar, incluso ante bancos con el nombre de fantasía "INMOBILIARIA Y SERVICIOS PROFESIONALES INTEGRALES SpA".- Objeto: El objeto social o giro de la empresa es el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, el arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces, por via on-line o en forma física, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones; la administración, y cualquier otro acto que se relacione, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; a adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y la participación en toda clase de nuevas sociedades y la participación en aquellas ya constituidas, sea para uno o más negocios determinados o con carácter permanente. Igualmente la sociedad podrá ejercer la realización de todo tipo de asesorías, estudios y consultorías de carácter jurídico, comercial, financiera, medio ambiental, contable, tributaria, asesorías en el áreas de ingeniera civil de todo tipo. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada, o en co-participación con terceros.- Capital: $1.500.000, dividido en cien acciones, nominativas, de una sola serie y sin nominal, que se suscriben y pagan de la siguientes forma: doña NAYIBE COROMOTO SALAZAR CENTENO, suscribe cien acciones, sin valor nominal, que ha quedado totalmente suscrito y el cual será pagado en dinero efectivo, de la siguiente forma: cien acciones pagadas en mismo acto escritura, lo que se completa el total del capital social. De esta forma, al suscribirse la totalidad de la acciones que componen el capital social inicial de la sociedad, ha quedado de esta forma íntegramente suscrito con fecha escritura.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 09 de octubre de 2020.-