Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2020
- Notario
- EMILIA ELISABETH SOLAR HUNTER
- Domicilio
- Titular de este territorio jurisdiccional
Sociedad
- Domicilio
- Los Ángeles
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) La prestación de servicios médicos en el área de salud, relacionados con el cuidado y atención de la salud tanto de pacientes hospitalizados como ambulatorios, en todas las ramas de la salud en general. Tal servicio lo podrán otorgar en forma independiente o a través de convenios, participación en propuestas, sin limitación alguna, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Isapre, Instituto de Seguridad Publica, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado ; Al efecto, podrá mantener, contratar, administrar y desarrollar consultas, clínicas, centros médicos, laboratorios, centros de rehabilitación, de imágenes diagnóstico, de tratamiento, y otras afines; para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, o mediante asociaciones con otros profesionales o sociedades de giros similares; B).- La instalación y funcionamiento de centros terapéuticos, por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales, como la atención y tratamiento de pacientes; dar cursos, y seminarios de divulgación y especialización; C).- La compraventa e importación de equipos médicos; D) La obtención de toda clase de beneficios y rentas a través de: uno) la inversión en la creación de empresas y sociedades de cualquier naturaleza, objeto y forma jurídica; dos) la adquisición a cualquier título de acciones, derechos y cuotas de interés de empresas ya constituidas, cualquiera sea su naturaleza, objeto y forma jurídica, coligadas o no; y F) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEMILIA ELISABETH SOLAR HUNTER, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de este territorio jurisdiccional, LUIS EDUARDO SOLAR BACH, Lautaro 325, local 4 y 5, certifico que: Por escritura pública hoy ante mí, don Orlando Enrique Paredes Molina, cédula de identidad número nueve millones setecientos ochenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y dos guión uno, médico cirujano, casado; en representación según se acreditará de “SOCIEDAD PROFESIONAL PAREDES Y BASSI LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario setenta y ocho millones novecientos noventa y cuatro mil quinientos diez guión uno, ambos domiciliados en calle Ricardo Castro ochocientos treinta y uno de la ciudad de Los Angeles; doña Caroll Yari Conejeros Cid, chilena, casada y separada de bienes, cédula de identidad número trece millones seiscientos setenta y un mil seiscientos cincuenta y siete guión tres, odontóloga, en representación, según se acreditará, de la sociedad SERVICIOS MEDICOS CJ Y C LTDA., sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos seis mil ochocientos diecinueve guión dos, ambos domiciliados en calle Renoir ciento trece, los Ángeles, de la ciudad de Los Angeles; don Hugo Alberto Miranda Carrasco, chileno, casado, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos nueve mil seiscientos treinta guión ocho, médico cirujano, en representación, según se acreditará, de la sociedad DOCTOR HUGO MIRANDA CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete millones seiscientos veinticinco mil ciento sesenta guión siete, ambos domiciliados en calle Las Nieves seiscientos sesenta y dos, de la ciudad de Los Angeles; doña MARIA CAROLINA RODRIGUEZ ASPILLAGA, cédula de Identidad número ocho millones seiscientos ochenta mil ochocientos ochenta y seis guión dos, kinesióloga, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Avenida Gabriela Mistral mil doscientos noventa y seis , casa C guión Cuatro, de la ciudad de Los Angeles; doña CARMEN ANDREA YAÑEZ MOLINA, cédula de Identidad número quince millones ochocientos diez mil setecientos setenta guión ocho, kinesióloga, soltera, domiciliada en calle Juan Antonio Coloma doscientos setenta, departamento D trescientos dos, de la ciudad de Los Angeles; Don JUAN PABLO ANDRADE NAVARRO, cédula de Identidad número trece millones ochocientos seis mil cuatrocientos quince guión ocho, kinesiólogo, casado, domiciliado en calle Pablo Burchard ciento veintiséis, del Conjunto Parque Nativo, de la ciudad de Los Angeles; constituyeron sociedad por acciones con el nombre de “MEDICINA E IMAGENOLOGIA LAS LILAS SpA.” la que podrá actuar y funcionar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “LAS LILAS SpA.", - OBJETO: El objeto de la sociedad será a) La prestación de servicios médicos en el área de salud, relacionados con el cuidado y atención de la salud tanto de pacientes hospitalizados como ambulatorios, en todas las ramas de la salud en general. Tal servicio lo podrán otorgar en forma independiente o a través de convenios, participación en propuestas, sin limitación alguna, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Isapre, Instituto de Seguridad Publica, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado ; Al efecto, podrá mantener, contratar, administrar y desarrollar consultas, clínicas, centros médicos, laboratorios, centros de rehabilitación, de imágenes diagnóstico, de tratamiento, y otras afines; para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, o mediante asociaciones con otros profesionales o sociedades de giros similares; B).- La instalación y funcionamiento de centros terapéuticos, por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales, como la atención y tratamiento de pacientes; dar cursos, y seminarios de divulgación y especialización; C).- La compraventa e importación de equipos médicos; D) La obtención de toda clase de beneficios y rentas a través de: uno) la inversión en la creación de empresas y sociedades de cualquier naturaleza, objeto y forma jurídica; dos) la adquisición a cualquier título de acciones, derechos y cuotas de interés de empresas ya constituidas, cualquiera sea su naturaleza, objeto y forma jurídica, coligadas o no; y F) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el objeto social. CAPITAL: El Capital de la sociedad es Ochenta millones de pesos, dividido en mil acciones sin valor nominal, y de una misma serie que se suscriben y que se pagan en la forma que señala el artículo tercero transitorio, de estos estatutos. Uno).- SOCIEDAD PROFESIONAL PAREDES Y BASSI LIMITADA, suscribe en este acto, mil novecientas sesenta (1960) acciones, que representan un valor de diecinueve millones seiscientos mil pesos, y que corresponden al veinticuatro coma cinco por ciento (24,5 %) del capital social de la sociedad, de las cuales paga y entera en este acto ciento veinticinco acciones; equivalentes a un millón doscientos cincuenta mil pesos, el saldo de mil ochocientas treinta y cinco acciones, las pagará y enterará en el plazo de tres años a contar de esta fecha. Dos).- La sociedad SERVICIOS MEDICOS CJ Y C LIMITADA., suscribe en este acto, mil seiscientas cuarenta (1640) acciones, que representan un valor de dieciséis millones cuatrocientos mil pesos, y que corresponden al veinte coma cinco por ciento (20,5 %) del capital social de la sociedad, de las cuales paga y entera en este acto ciento cinco acciones; equivalente a un millón cincuenta mil pesos, el saldo de mil quinientas treinta y cinco de acciones, las pagará y enterará en el plazo de tres años a contar de esta fecha. Tres).- La sociedad DOCTOR HUGO MIRANDA CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA, suscribe en este acto, mil seiscientas cuarenta (1640) acciones, que representan un valor de dieciséis millones cuatrocientos mil pesos, y que corresponden al veinte coma cinco por ciento (20,5 %) del capital social de la sociedad, de las cuales paga y entera en este acto ciento cinco acciones; equivalente a un millón cincuenta mil pesos, el saldo de mil quinientas treinta y cinco de acciones, las pagará y enterará en el plazo de tres años a contar de esta fecha. Cuatro).- MARIA CAROLINA RODRIGUEZ ASPILLAGA, suscribe en este acto, mil novecientas sesenta (1960) acciones, que representan un valor de diecinueve millones seiscientos mil pesos, y que corresponden al y que corresponden al veinticuatro coma cinco por ciento (24,5 %) del capital social de la sociedad, de las cuales paga y entera en este acto ciento veinticinco acciones; equivalentes a un millón doscientos cincuenta mil pesos, el saldo de mil ochocientas treinta y cinco acciones , las pagará y enterará en el plazo de tres años a contar de esta fecha. Cinco).- CARMEN ANDREA YAÑEZ MOLINA, suscribe en este acto, cuatrocientas cuarenta (440) acciones, que representan un valor de cuatro millones cuatrocientos mil pesos, y que corresponden al cinco coma cinco por ciento (5,5 %) del capital social de la sociedad, de las cuales paga y entera en este acto veintinueve acciones; equivalente a doscientos noventa mil pesos; el saldo de cuatrocientas once acciones, las pagará y enterará en el plazo de tres años a contar de esta fecha. Seis).- JUAN PABLO ANDRADE NAVARRO, suscribe en este acto, trescientas sesenta (360) acciones, que representan un valor de tres millones seiscientos mil de pesos, y que corresponden al cuatro coma cinco por ciento (4,5 %) del capital social de la sociedad, de las cuales paga y entera en este acto veintitrés acción; equivalente a doscientos treinta mil pesos, el saldo de trescientas treinta y siete acciones, las pagará y enterará en el plazo de tres años a contar de esta fecha. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: Los Ángeles, sin perjuicio sucursales resto país o extranjero. Otras estipulaciones escritura extractada. LOS ANGELES, 28 de Septiembre de 2020.-