CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

HORACIO TORRES LIRA ASESORIAS JURIDICAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CVE 1829822
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2020
Notaría
Las Condes
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2020
Comuna
Las Condes

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

servicios de abogado y asesorías jurídicas. En general "la empresa" podrá efectuar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con sus fines empresariales, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LILIA SIERRA MEJIA, Suplente de don GONZALO HURTADO MORALES, Titular de la Primera Notaría de Las Condes, con oficio en calle Apoquindo 4943, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 25/9/2020, ante mi, HORACIO ESTEBAN TORRES LIRA, Avenida El Tranque Nº 12.263, depto. 42-B, Lo Barnechea, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada: Razón Empresarial: HORACIO TORRES LIRA ASESORIAS JURIDICAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, nombre de fantasía SANTA CORITA ASESORIAS JURIDICAS E.I.R.L. Administración y uso razón empresarial corresponderá a Horacio Esteban Torres Lira, con amplias facultades. Capital: $2.000.000, los cuales se ingresan siguiente forma: a) con $1.000.000. pagados acto escritura, al contado, y b) el saldo de $1.000.000., serán cancelados en el plazo de 5 años a contar fecha escritura extractada y de acuerdo necesidades empresa. Objeto: servicios de abogado y asesorías jurídicas. En general "la empresa" podrá efectuar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con sus fines empresariales, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca tanto país como extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Santiago 9 de octubre de 2020.