HOLLYWOOD BARBER´S SHOP SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2020
- Repertorio
- 1602-20
- Notario
- JORGE ANDRES OSORIO ROJAS
- Oficio
- Titular de la 14° Notaria de Santiago don OSVALDO PEREIRA GONZALEZ
- Comuna
- Santiago don OSVALDO PEREIRA GONZALEZ
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
1. Establecimiento y explotación de locales comerciales como barberías, peluquerías en general, centros de belleza y estética, así como cualquier otro relacionado al rubro; 2. La prestación de servicios de peluquería, masculina y femenina, confección de pelucas, postizos, añadidos, manicura, servicios de estética, así como la comercialización de productos de peluquería, postizos y estética; 3. Compra y venta, de productos de productos cosméticos y de estética en general; 4. Prestación de servicios a personas, que busca asesoría en belleza integral e imagen, constando los servicios de salón de belleza peluquería, depilación, manicure, pedicure, tratamientos corporales, reductivos, drenajes linfáticos y de relajación, limpiezas faciales, maquillaje profesional, entrenamiento de pilates, kinesióloga, que prestará los servicios de belleza pre-natal y post-natal, venta de artículos que apoya los tratamientos de belleza como cremas para cabellos, rostro, corporal y venta de artículos de boutique, ropa, bisutería, joyas, y todo otro
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ANDRES OSORIO ROJAS, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 14° Notaria de Santiago don OSVALDO PEREIRA GONZALEZ, oficio Teatinos N°449, piso 6, Santiago, certifico: por instrumento privado de fecha 09-10-2020, Repertorio N°1602-20 y debidamente protocolizado bajo el N°608-2020, ante mí, JOSE LEONARDO JAVIER ARIAS, dominicano, soltero, estilista, Pasaporte Dominicano N° EX0447596, con domicilio en calle Teo Cruz N°98, San Cristóbal, República Dominicana, de paso en está ciudad, constituyó una sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL. HOLLYWOOD BARBER´S SHOP SpA. OBJETO: 1. Establecimiento y explotación de locales comerciales como barberías, peluquerías en general, centros de belleza y estética, así como cualquier otro relacionado al rubro; 2. La prestación de servicios de peluquería, masculina y femenina, confección de pelucas, postizos, añadidos, manicura, servicios de estética, así como la comercialización de productos de peluquería, postizos y estética; 3. Compra y venta, de productos de productos cosméticos y de estética en general; 4. Prestación de servicios a personas, que busca asesoría en belleza integral e imagen, constando los servicios de salón de belleza peluquería, depilación, manicure, pedicure, tratamientos corporales, reductivos, drenajes linfáticos y de relajación, limpiezas faciales, maquillaje profesional, entrenamiento de pilates, kinesióloga, que prestará los servicios de belleza pre-natal y post-natal, venta de artículos que apoya los tratamientos de belleza como cremas para cabellos, rostro, corporal y venta de artículos de boutique, ropa, bisutería, joyas, y todo otro giro. 5. Toda actividad complementaria, relacionada o afín a las ya señaladas, así como cualquier otra que los accionistas acuerden. DOMICILIO. Santiago, sin perjuicio de sucursales, agencias o representaciones que establezcan en otras ciudades del país o extranjero, previa autorización de los organismos competentes. DURACION. Indefinida. CAPITAL. $2.000.000., que se divide y representa en 1.000 acciones, ordinarias, de la serie única, sin valor nominal, suscritas y pagadas de la siguiente forma el socio JOSE LEONARDO JAVIER ARIAS, suscribe 1000 acciones y paga en este acto la suma de $2.000.000; quedando el capital completamente enterado y suscrito en este acto. REPRESENTACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL. Es conferida a CARLOS HUMBERTO ESPINOZA COLLAO, chileno, contador, casado, C. I. 9.251.145-6, domiciliado en Cuarta Transversal N°5733, Comuna de San Miguel, Santiago quien la ejercerá desde esta fecha, representando a la Sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en instrumento de constitución extractado. Santiago, 9 de Octubre de 2020.