MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CUBILLOS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76890933-4 CVE 1829826
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2020
Repertorio
1150/2018
Notario
CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público de Concepción, con oficio en Barros Arana 989, certifica que: Por escritura pública de fecha 30 de Septiembre del año 2020, celebrada ante mi suplente doña Diana Beatriz Sepúlveda Moreno, doña MONICA CONSTANZA CERNA VERGARA, cédula nacional de identidad N°17.344.928-3, domiciliada en Pasaje Lagunillas N°57, villa San Pedro, comuna de San Pedro de La Paz; don CRISTIAN MILTON GONZÁLEZ VERGARA, cédula nacional de identidad N°17.045.862-1, domiciliado en San Martín N°20, Valle La Piedra II, Comuna de Chiguayante; y don JOSÉ ISMAEL PASTOR LUARTE, cédula nacional de identidad N°17.444.584-2, domiciliado en Lago Lleu Lleu N°2809, Salvador Allende Dos, Comuna de Coronel; modificaron sociedad CUBILLOS Y COMPAÑÍA LIMITADA, Rut N°76.890.933-4, constituida por escritura pública el 06 de junio de 2018, ante notario público de Talcahuano Gastón Santibáñez Torres, repertorio N°1.150/2018, e inscrita a fojas 1144 vta. N°918 en el Registro de Comercio de Concepción del año 2018, publicada en el diario oficial el 09 de junio de 2018. Capital: $2.000.000.- Modificación: Mónica Constanza Cerna Vergara, vendió la totalidad de sus derechos sociales que equivalen a un tercio del total de los derechos sociales, (aproximadamente 33%), a José Ismael Pastor Luarte, y Cristian Milton González Vergara, quienes compraron y adquirieron para si el total de los derechos sociales en partes iguales en la suma total de $700.000, pagado al contado y en efectivo en la forma señala en la escritura. Quedando como únicos socios José Ismael Pastor Luarte, con un 50% de los derechos sociales, y Cristian Milton González Vergara, con el otro 50% de los derechos sociales. En lo no modificado rige la escritura de constitución, en particular a que la administración y uso de la razón social corresponde únicamente al socio Cristian Milton González Vergara. Lo socios continúan limitando su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura.- Concepción, 09 de Octubre de 2020.