CONSTRUCTORA E INGENIERÍA DECOIM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2020
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Andres Ossa Cuevas, Notario de San Miguel con asiento en La Cisterna, Gran Av. José Miguel Carrera 7710, certifico: Por escritura de fecha 11-09-2020, ante mí, Claudia Andrea Castro Morales; José Miguel Vergara Leiva, Rafael Antonio Leiva García, y Carolina Leonor Zuñiga Wachtendorff, todos con domicilio en Las Acacias 02435, San Bernardo, modificaron sociedad “CONSTRUCTORA E INGENIERÍA DECOIM LIMITADA”, inscrita a fojas 32.973 Nº23.192 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012, publicada en D.O. de fecha 22 mayo 2012, posteriormente modificada en inscripción de fojas 53.169 N° 25.162 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020 y publicada en D.O. de fecha 02 Septiembre 2020. Capital social vigente $3.000.000, Rut Nº76.214.724-6, siguiente sentido, CLAUDIA ANDREA CASTRRO MORALES, vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 33,3% a doña CAROLINA LEONOR ZUÑIGA WACHTENDORFF, quien los compra, acepta y adquiere para sí en el precio de $1.000.000, al contado, pagados, retirándose cedente e ingresando cesionaria a la sociedad. Quedando como socios: JOSÉ MIGUEL VERGARA LEIVA, con el 33,4% del capital y propiedad de la presente sociedad, RAFAEL ANTONIO LEIVA GARCÍA, con el 33,3% del capital y propiedad de la presente sociedad, y CAROLINA LEONOR ZUÑIGA WACHTENDORFF, con el 33,3% del capital y propiedad de la presente sociedad. Se modificó la cláusula octava de los estatutos sociales “DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL”, solo en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios JOSÉ MIGUEL VERGARA LEIVA, RAFAEL ANTONIO LEIVA GARCÍA, CAROLINA LEONOR ZUÑIGA WACHTENDORFF, cualquiera de los cuales, anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán conforme a las facultades señaladas en la cláusula octava de los estatutos sociales citados. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de Septiembre de 2020.-