INVERSIONES CEIBA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $90.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar del 30 de noviembre de 2004 y durará diez años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, lo que se expresará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del período que corresponda
Objeto social
a) Efectuar inversiones permanentes, directamente o a través de otras sociedades de cualquier tipo, en toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, letras hipotecarias, pagarés u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, como asimismo, en bienes inmuebles con la finalidad de repartir entre los socios los beneficios que se generen; b) la participación, también como forma de inversión permanente, en toda clase de sociedades, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria en éstas últimas, sociedades anónimas, por acciones o de respon- sabilidad limitada
Administración
Corresponderá al socio señor Armando Antonio Celis Atria y, en caso de muerte, ausencia o imposibilidad de éste, lo que no será necesario acreditar ante terceros, corresponderá a los socios señores Armando Celis Ibáñez, Sebastián Celis Ibáñez y José Manuel Celis Ibáñez, quienes deberán actuar conjuntamente. La sociedad podrá tener un gerente designado por el o los administradores, por escritura pública atotada al margen de la inscripción social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Notario Titular de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 835, piso 2º, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 25 de agosto de 2020, Rep. 4497, ante mí, los señores ARMANDO ANTONIO CELIS ATRIA, ARMANDO CELIS IBAÑEZ, SEBASTIAN CELIS IBAÑEZ y JOSE MANUEL CELIS IBAÑEZ, todos con domicilio en calle Sebastián Elcano N° 950, departamento 1.301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y ARMANDO CELIS Y COMPAÑÍA LIMITADA, domiciliada en calle Nueva Amunátegui N° 405, oficina 402, comuna de Santiago, Región Metropolitana, como únicos socios de INVERSIONES CEIBA LIMITADA, constituida primitivamente como sociedad anónima cerrada con extracto inscrito a fojas 26.964 número 15.196 del Registro de Comercio de Santiago de 1992, rectificaron modificación social que más adelante se indica y modificaron la sociedad en los términos que extracto: i.Rectifican la escritura pública de modificación social de fecha 24 de septiembre de 2013 otorgada en esta notaría, dejando constancia que con motivo de la partición de los bienes quedados al fallecimiento de la socia doña Ana María Ibáñez Larraín, y la adjudicación de la totalidad de sus derechos sociales ascendentes al 8,34% a don Armando Antonio Celis Atria, quien tenía el 88,26%, éstos suman un 96,60% del total los derechos sociales y no un 96,62%, como indica el texto de la citada escritura, así como su extracto inscrito a fojas 76.645 número 50.544 Registro Comercio de Santiago año 2013 y la publicación en el Diario Oficial del 11 de octubre de 2013. Dejan constancia que el capital de la sociedad es la suma de $641.320.560 totalmente pagado en dinero efectivo, en los siguientes porcentajes:Armando Antonio Celis Atria, 96,60%; Armando Celis y Compañía Limitada, 0,85%;Armando Celis Ibáñez, 0,85%;Sebastián Celis Ibáñez, 0,85% y José Manuel Celis Ibáñez, (0,85%). ii.Modifican la sociedad como consecuencia de las cesiones de derechos que hace don Armando Antonio Celis Atria, dueño de un 96,60% del total del interés social, a cada uno de don Armando Celis Ibáñez, don Sebastián Celis Ibáñez y don José Manuel Celis Ibáñez, quienes aceptan para si, de un 8,15% del total de su interés social, a cada uno de ellos quedando, en consecuencia, reducida la participación del cedente a un 72,15% del total del interés social y aumentada la participación de cada uno de los cesionarios a un 9% del capital social. El precio de la cesión a cada uno de los cesionarios es la cantidad de $90.000.000, en parte ya pagada y el saldo se pagara en dinero efectivo en los próximos 6 años contados desde la fecha de la presente escritura. Armando Celis y Compañía Limitada, debidamente representada, cede a don Armando Antonio Celis Atria, quien acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos en la sociedad, ascendentes al 0,85% por ciento de los mismos. El precio de la cesión de estos derechos es la cantidad de $9.315.942, ya pagados por el cesionario en los últimos 6 años anteriores a esta fecha. En consecuencia, el cesionario don Armando Antonio Celis Atria aumenta su participación social al 73% del capital. iii. Modifican la sociedad trasladando el domicilio social a la comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía. iv. Modifican la sociedad precisando el objeto social, y en lo relativo a la administración de la sociedad y el uso de la razón social y fijan el texto refundido del contrato social del cual extracto:Socios: Armando Antonio Celis Atria, Armando Celis Ibáñez, Sebastián Celis Ibáñez y José Manuel Celis Ibáñez, todos domiciliados en Sebastián Elcano 950, departamento 1301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. Razón social: “INVERSIONES CEIBA LIMITADA”. Objeto. a) Efectuar inversiones permanentes, directamente o a través de otras sociedades de cualquier tipo, en toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, letras hipotecarias, pagarés u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, como asimismo, en bienes inmuebles con la finalidad de repartir entre los socios los beneficios que se generen; b) la participación, también como forma de inversión permanente, en toda clase de sociedades, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria en éstas últimas, sociedades anónimas, por acciones o de respon- sabilidad limitada. Domicilio: Comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía. Vigencia: La sociedad comenzará a regir a contar del 30 de noviembre de 2004 y durará diez años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, lo que se expresará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del período que corresponda. Capital. $641.320.560 que los socios han aportado en dinero efectivo en las proporciones siguientes: i. Don Armando Antonio Celis Atria 73%, $468.164.010; ii. Don Armando Celis Ibáñez 9%, $57.718.850; iii. Don Sebastián Celis Ibáñez 9%, $57.718.850; y iv. Don José Manuel Celis Ibáñez 9%, $57.718.850. Responsabilidad socios: limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social: Corresponderá al socio señor Armando Antonio Celis Atria y, en caso de muerte, ausencia o imposibilidad de éste, lo que no será necesario acreditar ante terceros, corresponderá a los socios señores Armando Celis Ibáñez, Sebastián Celis Ibáñez y José Manuel Celis Ibáñez, quienes deberán actuar conjuntamente. La sociedad podrá tener un gerente designado por el o los administradores, por escritura pública atotada al margen de la inscripción social. Otras estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 6 de octubre de 2020. HQM. Not. Pub.