Instrumento
- Fecha
- 22 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 14542/2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Reemplazante de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 22 de Septiembre de 2020, Repertorio N° 14.542 / 2020, ante doña María Pilar Gutiérrez Rivera, don Francisco Javier Muñoz Cox constituyó una sociedad por acciones denominada FMZ Arquitectura SpA, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es: a) la realización de todo tipo de trabajos ingeniería, arquitectura, construcción de toda clase de obras y edificios, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas; b) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de todo tipo de inmuebles; c) El estudio, promoción y desarrollo de los negocios inmobiliarios en terrenos rurales, urbanos, con destino habitacional, industrial, agrícola, de recreación o de otra especie, en cualquiera o todas sus etapas, su loteo, subdivisión, construcción y urbanización, por cuenta propia o ajena, y d) La gestión inmobiliaria y la construcción, ya sea directamente o mediante la contratación de servicios a terceros, de todo tipo de viviendas, oficinas, locales comerciales, bodegas y estacionamientos, y en general, la realización de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro anterior, que los socios determinen. La sociedad puede participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. El capital social es la suma de $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Santiago, 07 de octubre de 2020.