Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública de fecha 7 de octubre de 2020, repertorio número 19.445/2020, ante mí, Pablo Ducci Cornu constituyó sociedad por acciones de conformidad a artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Asserca Chile SpA (en adelante la “Sociedad”), pudiendo utilizar para fines comerciales, publicitarios y bancarios el nombre de fantasía “Asserca SpA”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) La compra, venta, importación, exportación, producción, elaboración, transformación, etiquetado, acondicionamiento y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos importados o fabricados localmente, terminados y semiterminados, mercaderías y materias primas, relacionadas con el ramo de la industria farmacéutica, insumos médicos, cosmética, cuidado personal, accesorios médicos, así como de artículos producidos por laboratorios y de venta usual en establecimientos farmacéuticos; b) El transporte, depósito, almacenaje, bodegaje y distribución, por cuenta propia o ajena, de los productos, mercaderías y materias primas descritos en el literal a) anterior; c) La administración de inventarios y, en general, la prestación de todo tipo de servicios que se relacionen o estén vinculados con la operación o actividad de logística desarrollada por empresas o instituciones vinculadas con la actividad farmacéutica, los insumos médicos o la salud; d) la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, acciones y derechos sociales, siempre vinculados al desarrollo de las actividades indicadas en los literales precedentes; y e) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal. Se encuentran suscritas y pagadas 200 acciones equivalentes a $200.000. El saldo del capital social ascendente a $800.000, dividido en 800 acciones, deberá ser suscrito y pagado en un plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 8 de agosto de 2020. ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO.