SERVICIOS Y VENTAS AUTOMOTRICES D Y V LIMITADA
Instrumento
- Notario
- JESÚS OSSES REVECO
- Oficio
- Segunda Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Domicilio
- La Serena
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de cinco años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que deberá inscribirse, para surtir efectos, al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses a la fecha de término
Objeto social
El objeto de la sociedad será la compra, venta y arrendamiento, al por mayor y al por menor, de vehículos automotores y motocicletas, nuevas y usadas; servicios de mantenimiento, reparación y de lavado de vehículos automotores y motocicletas; todo tipo de venta de partes, piezas, aceites, lubricantes y todo tipo de accesorios para vehículos automotores y motocicletas; además de todos los servicios que, directa o indirectamente, estén incluidos en la reparación y mantención automotrices, de vehículos automotores y motocicletas
Administración
El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don OLIVER OSVALDO VEAS FLORES y a don CARLOS ALBERTO DERAMOND HEDBERG, quienes actuando exclusivamente de forma conjunta podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESÚS OSSES REVECO, Abogado, Notario Público Suplente de la Segunda Notaría de La Serena, según Resolución de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, de fecha ocho de Abril del dos mil veinte y Decreto Económico número treinta y uno del Primer Juzgado de Letras de La Serena, de fecha ocho de Abril del año dos mil veinte, con domicilio en calle Gregorio Cordovez N° 588 local 108, comuna de La Serena certifico: Que por escritura pública de hoy, ante mi, don OLIVER OSVALDO VEAS FLORES, chileno, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos cincuenta y cinco mil setecientos diez guion cinco, comerciante, casado, con domicilio en Gabriel González Videla número mil seiscientos setenta, comuna de La Serena, Región de Coquimbo; y don CARLOS ALBERTO DERAMOND HEDBERG, chileno, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos sesenta y ocho mil cuatrocientos setenta guion siete, ingeniero en administración de empresas, con domicilio en Marco Gallo Vergara número cuatrocientos cincuenta y seis, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: La razón social es “SERVICIOS Y VENTAS AUTOMOTRICES D Y V LIMITADA”, autorizándose a utilizar los nombres de fantasía, indistintamente, “SERVICIOS D&V LIMITADA” o “D&V LIMITADA”. Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don OLIVER OSVALDO VEAS FLORES y a don CARLOS ALBERTO DERAMOND HEDBERG, quienes actuando exclusivamente de forma conjunta podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades. Capital: El capital social es la cantidad de cinco millones de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: (UNO) OLIVER OSVALDO VEAS FLORES, ya individualizado, la cantidad de dos millones quinientos mil pesos chilenos, que corresponde al cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la presente sociedad, que paga de contado y en dinero efectivo en este acto; (DOS) CARLOS ALBERTO DERAMOND HEDBERG, ya individualizado, la cantidad de dos millones quinientos mil pesos chilenos, que corresponde al cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la presente sociedad, que paga de contado y en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los socios que constituyen la presente sociedad. Objeto: El objeto de la sociedad será la compra, venta y arrendamiento, al por mayor y al por menor, de vehículos automotores y motocicletas, nuevas y usadas; servicios de mantenimiento, reparación y de lavado de vehículos automotores y motocicletas; todo tipo de venta de partes, piezas, aceites, lubricantes y todo tipo de accesorios para vehículos automotores y motocicletas; además de todos los servicios que, directa o indirectamente, estén incluidos en la reparación y mantención automotrices, de vehículos automotores y motocicletas. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de cinco años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que deberá inscribirse, para surtir efectos, al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses a la fecha de término. Domicilio: La Serena. Demás estipulaciones escritura extractada.- La Serena, 03 de Septiembre de 2.020.-