Instrumento
- Fecha
- 6 de octubre de 2020
- Repertorio
- 26616-2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será: /a) la inversión de dineros y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; /b) adquirir a cualquier título bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos bajo la forma de compraventas, subdivisiones, arrendamientos y otros, como la práctica de cualquier otro negocio inmobiliario, su administración y explotación y la percepción de sus frutos; c) la prestación de servicios profesionales relacionados al área de la odontología por cuenta propia o de terceros; d) la compra, venta, importación y)o exportación de todo tipo de materiales, instrumentos, utensilios y maquinarias que tengan relación con la odontología; /e) actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos dentales
Administración
La administración y representación de la Sociedad corresponderá a los accionistas doña MONTSERRAT BEGOÑA DEL PILAR GUTIERREZ HALABI y don CELSO IGNACIO ROBERTO GUTIERREZ HALABI, quienes la ejercerán de manera conjunta o separada, indistintamente, con amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, con excepción de aquellas indicadas en la escritura de constitución, para lo cual se requerirá que los administradores obren conjuntamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Santiago, Certifica: Por escritura pública de fecha 6 de octubre de 2020, repertorio Nº 26.616-2.020, otorgada ante mí, doña MONTSERRAT BEGOÑA DEL PILAR GUTIERREZ HALABI y don CELSO IGNACIO ROBERTO GUTIERREZ HALABI, ambos domiciliados en calle Benjamín número dos mil novecientos cuarenta y cinco, tercer piso, comuna de Las Condes, Santiago. Constituyeron sociedad por acciones. Razón social: “INVERSIONES GUTIERREZ BROTHERS SpA”, entendiéndose que la sociedad quedará igualmente obligada y podrá ejercer derechos y adquirir obligaciones con el nombre de “GUTIERREZ BROTHERS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: /a/ la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; /b/ adquirir a cualquier título bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos bajo la forma de compraventas, subdivisiones, arrendamientos y otros, como la práctica de cualquier otro negocio inmobiliario, su administración y explotación y la percepción de sus frutos; c) la prestación de servicios profesionales relacionados al área de la odontología por cuenta propia o de terceros; d) la compra, venta, importación y/o exportación de todo tipo de materiales, instrumentos, utensilios y maquinarias que tengan relación con la odontología; /e/ actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos dentales. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $10.000.000.- dividido en diez mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, que se emiten, suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio. Cada acción dará derecho a un voto.Administración: La administración y representación de la Sociedad corresponderá a los accionistas doña MONTSERRAT BEGOÑA DEL PILAR GUTIERREZ HALABI y don CELSO IGNACIO ROBERTO GUTIERREZ HALABI, quienes la ejercerán de manera conjunta o separada, indistintamente, con amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, con excepción de aquellas indicadas en la escritura de constitución, para lo cual se requerirá que los administradores obren conjuntamente. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en resto del país o extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de Octubre del 2020.-