MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA AZUL LIMITADA

RUT 76379148-3 CVE 1828095
Capital
$10.801.857.283 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2020
Repertorio
11022-2020
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.801.857.283 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2020, repertorio N° 11022-2020, ante mí: (1) Filomena Andrea Narváez Elgueta, domiciliada para estos efectos en Camino El Alba N° 9625, comuna de Las Condes, Santiago; (2) Sociedad de Inversiones y Asesorías Legales El Retiro SpA, domiciliado para estos efectos en Av. Costanera Sur 2730, piso 12, comuna de Las Condes, Santiago; (3) Invierte SpA, domicilada para estos efectos en calle Callao N° 3418, departamento 22, comuna de Las Condes, Santiago; y (4) Gladys Eugenia Cárdenas Narváez, domiciliada para estos efectos en calle José Alcalde Delano N° 10581, oficina 617, comuna de Lo Barnechea, Santiago, modificaron los estatutos de INMOBILIARIA AZUL LIMITADA, inscrita a fojas 38.867 N° 24.143 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, en el siguiente sentido: (1) acordaron resciliar parcialmente el aporte de capital efectuado por Filomena Andrea Narváez por medio de escritura pública de fecha 9 de septiembre de 2015, otorgada en la notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo, escritura que fue inscrita a fojas 83.854, número 48.926 del Registro de Comercio del año 2015, y solo por la suma de $239.963.176, valor del capital que fue aportado por medio de un inmueble que fue restituido a la socia Filomena Andrea Narváez Elgueta. Como consecuencia de lo anterior, el capital aportado quedó pendiente de pago en la suma ante dicha, acordando los socios que éste será pagado por la mencionada socia en dinero efectivo y dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura pública aquí extractada. (2) Los únicos y actuales socios acordaron sustituir el artículo sexto relativo al capital social por el siguiente: “SEXTO: CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $10.801.857.283, que los socios han aportado y aportaran de la siguiente manera: a) Doña FILOMENA ANDREA NARVÁEZ ELGUETA aporta la suma de $10.795.931.917, suma que representa aproximadamente el 99,9451% por ciento aproximado del capital social. El aporte de la señora Filomena Andrea Narváez Elgueta se paga y se pagará en la siguiente forma: i) ha pagado con anterioridad a esta fecha la suma de $10.555.968.741 los que se encuentran enterados en caja social; y ii) obligándose a pagar la suma de $239.963.176 en dinero efectivo, en un plazo de tres años contados desde esta fecha; b) Doña GLADYS EUGENIA CARDENAS NARVAEZ aporta la suma de $4.147.756, suma que se encuentra íntegramente pagada y enterada en caja social, lo que representa aproximadamente el 0,0384% del capital social; c) SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS LEGALES EL RETIRO SpA, aportó la suma de $888.805, suma que se encuentra íntegramente pagada y enterada en caja social, y que representa aproximadamente el 0,0082% del capital social; y d) INVIERTE SpA aportó la suma de $888.805, suma que se encuentra íntegramente pagada y enterada en caja social y que representa aproximadamente el 0,0082% del capital social”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social, especialmente la responsabilidad de los socios, la que se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de Octubre de 2020.