MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LOYOLA ALIAGA Y RUIZ CONSULTORES LIMITADA

RUT 76397435-9 CVE 1827750
Fecha instrumento
14 de septiembre de 2020
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
14 de septiembre de 2020
Repertorio
5030/2020
Comuna
Providencia

Sociedad

Domicilio
- Comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

a) Gestión escolar, diagnósticos de establecimientos educacionales, capacitación a directivos docentes y asistentes de la educación mediante talleres y)o cursos, implementación de modelos de gestión de calidad escolar, asistencia técnica para el diseño e implementación de proyectos educativos institucionales, planes estratégicos y planes de mejoramiento educativo, evaluación de aprendizaje, convivencia escolar; b) todo tipo de materias pedagógicas en general sean de enseñanza pre escolar, básica, media científico humanista y técnico profesional; c) materias de psicología, calidad de vida, escuelas saludables, salud mental, proyectos y programas sociales; d) recursos humanos, selección de personal, coaching, mentoring, clima laboral; d) preparación y dictación de capacitaciones, charlas, talleres de formación, seminarios y entrenamiento en todo tipo de materias relacionados con educación, salud, de manera presencial, virtual, vía streaming, a distancia y en distintas plataformas de comunicación; e) Diseñar, desarrollar, promover, coordinar, ejecutar, implementar y realizar gestión escolar en los distintos niveles de enseñanza; f) escribir, promocionar, editar y publicar documentos, libros, manuales, entre otros; g) diseñar, elaborar, implementar y gestionar trabajo con niños, adolescentes y jóvenes con capacidades y necesidades diferentes ligados a la educación diferencial;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 14 de Septiembre de 2020, ante mí, Repertorio 5030/2020: don CARLOS ELÍAS LOYOLA ARÁNGUIZ, domiciliado en calle Pajaritos numero dos mil seiscientos cinco, parcela veintiuno, Malloco, comuna de Peñaflor, Región Metropolitana; don JOSÉ MANUEL ALIAGA PIZARRO, domiciliado en Pasaje El Corral número cero dos mil setenta y uno, Santa María del Boldo, comuna de Curicó; y don FRANCISCO ALBINO RUÍZ BURDILES, domiciliado en Eleodoro Astorquiza quinientos noventa y tres, comuna de La Reina, Región Metropolitana; transformaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “LOYOLA ALIAGA Y RUIZ CONSULTORES LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos noventa y siete mil cuatrocientos treinta y cinco guion nueve, constituida por escritura pública de fecha diecisiete de octubre de dos mil catorce, ante don JUAN FACUSE HERESI, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas setenta y ocho mil cuatrocientos treinta y nueve número cuarenta y siete mil setecientos cincuenta y tres, correspondiente al año dos mil catorce, en una Fundación, de derecho privado, sin fines de Lucro, cuyos estatutos establecen lo siguiente: nombre: “FUNDACIÓN EDUCACIONAL LAR CONSULTORES”; objeto: a) Gestión escolar, diagnósticos de establecimientos educacionales, capacitación a directivos docentes y asistentes de la educación mediante talleres y/o cursos, implementación de modelos de gestión de calidad escolar, asistencia técnica para el diseño e implementación de proyectos educativos institucionales, planes estratégicos y planes de mejoramiento educativo, evaluación de aprendizaje, convivencia escolar; b) todo tipo de materias pedagógicas en general sean de enseñanza pre escolar, básica, media científico humanista y técnico profesional; c) materias de psicología, calidad de vida, escuelas saludables, salud mental, proyectos y programas sociales; d) recursos humanos, selección de personal, coaching, mentoring, clima laboral; d) preparación y dictación de capacitaciones, charlas, talleres de formación, seminarios y entrenamiento en todo tipo de materias relacionados con educación, salud, de manera presencial, virtual, vía streaming, a distancia y en distintas plataformas de comunicación; e) Diseñar, desarrollar, promover, coordinar, ejecutar, implementar y realizar gestión escolar en los distintos niveles de enseñanza; f) escribir, promocionar, editar y publicar documentos, libros, manuales, entre otros; g) diseñar, elaborar, implementar y gestionar trabajo con niños, adolescentes y jóvenes con capacidades y necesidades diferentes ligados a la educación diferencial; Domicilio.- Comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sedes, filiales y establecimientos que pueda formar en otros puntos del país; El patrimonio inicial de la fundación estará formado por la suma de seis millones de pesos, que los fundadores destinan y se obligan a repartir a la Fundación tan pronto se inscriba en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Registro Civil e Identificación. El patrimonio de la Fundación estará formado por los bienes y derecho que forman su patrimonio inicial de seis millones de pesos. Además de los bienes referidos, conformarán el patrimonio de la Fundación: a) Todos los bienes que ella adquiera a cualquier título y los frutos civiles o naturales que ellos produzcan y b) Las herencia, legados, donaciones, erogaciones y subvenciones que ella obtenga de personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras.- Los recursos que formen parte del patrimonio de la entidad serán aplicados a los fines fundacionales y a proyectos que tengan como finalidad contribuir directa o indirectamente a optimizar las actividades relacionadas con realización del objeto fundacional; duración indefinida; administración corresponderá a un Directorio que tendrá a su cargo la dirección superior de la Fundación en conformidad con sus estatutos. Se designa al Directorio inicial de la Fundación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo quinientos cuarenta y ocho inciso primero del Código Civil y del artículo octavo de estos estatutos, que estará integrado por las personas que a continuación se señalan, las que durarán en sus cargos cinco años, posteriores al respectivo Registro en el Servicio de Registro Civil e Identificación: CARLOS ELÍAS LOYOLA ARÁNGUIZ, cédula nacional de identidad número once millones quinientos setenta y ocho mil quinientos ochenta guion k; don JOSÉ MANUEL ALIAGA PIZARRO, cédula nacional de identidad número diez millones sesenta y un mil ochocientos ocho guion siete; y don FRANCISCO ALBINO RUÍZ BURDILES, cédula nacional de identidad número cinco millones novecientos setenta y siete mil doscientos diecinueve guion ocho.- Santiago, 14 de septiembre de 2020.-cr.