CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA GRUPO JAP LIMITADA

CVE 1827842
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de septiembre de 2020
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
1 año prorrogado automática, tácita y sucesivamente por períodos de 1 año

Objeto social

Será: La Compra, venta, importación y exportación, ya sea por cuenta propia o ajena, al por mayor o menor de todo tipo de bienes muebles y accesorios, y la realización de toda otra clase de actividades relativas al giro ordinario que la sociedad decida

Administración

corresponderá a ambos socios conjuntamente, facultades pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular 8ª Notaría Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, Pasaje Matte, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de Septiembre de 2020, ante Notario Suplente de está Notaria Jean Jacques Dutrey Ossa, don RICARDO PATRICIO PEREZ VERDUGO, domiciliado en Fernández Albano 2.455, Comuna Cerrillos y don IGNACIO ALFREDO JUSTO MOYA, domiciliado en Mapocho 4.643, departamento 616, Comuna Quinta Normal, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “COMERCIALIZADORA GRUPO JAP LIMITADA” nombre de fantasía “GRUPO JAP LTDA”.- OBJETO: Será: La Compra, venta, importación y exportación, ya sea por cuenta propia o ajena, al por mayor o menor de todo tipo de bienes muebles y accesorios, y la realización de toda otra clase de actividades relativas al giro ordinario que la sociedad decida. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero.- CAPITAL: $10.000.000.- que los socios aportan de la siguiente forma: don RICARDO PATRICIO PEREZ VERDUGO, aporta la cantidad de $6.600.000.-, al contado y en dinero efectivo que ingresa en este acto a la caja social, correspondiente al 66% de los derechos sociales; y don IGNACIO ALFREDO JUSTO MOYA, aporta la cantidad de $3.400.000.-, al contado y en dinero efectivo que ingresa en este acto a la caja social, correspondiente al 34% de los derechos sociales.-.- RESPONSABILIDAD: Limitada al monto de sus respectivos aportes.- ADMINISTRACIÓN: corresponderá a ambos socios conjuntamente, facultades pacto social.- DURACION: 1 año prorrogado automática, tácita y sucesivamente por períodos de 1 año. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de Septiembre de 2020.