COMERCIALIZADORA GRUPO JAP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de septiembre de 2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 1 año prorrogado automática, tácita y sucesivamente por períodos de 1 año
Objeto social
Será: La Compra, venta, importación y exportación, ya sea por cuenta propia o ajena, al por mayor o menor de todo tipo de bienes muebles y accesorios, y la realización de toda otra clase de actividades relativas al giro ordinario que la sociedad decida
Administración
corresponderá a ambos socios conjuntamente, facultades pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular 8ª Notaría Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, Pasaje Matte, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de Septiembre de 2020, ante Notario Suplente de está Notaria Jean Jacques Dutrey Ossa, don RICARDO PATRICIO PEREZ VERDUGO, domiciliado en Fernández Albano 2.455, Comuna Cerrillos y don IGNACIO ALFREDO JUSTO MOYA, domiciliado en Mapocho 4.643, departamento 616, Comuna Quinta Normal, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “COMERCIALIZADORA GRUPO JAP LIMITADA” nombre de fantasía “GRUPO JAP LTDA”.- OBJETO: Será: La Compra, venta, importación y exportación, ya sea por cuenta propia o ajena, al por mayor o menor de todo tipo de bienes muebles y accesorios, y la realización de toda otra clase de actividades relativas al giro ordinario que la sociedad decida. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero.- CAPITAL: $10.000.000.- que los socios aportan de la siguiente forma: don RICARDO PATRICIO PEREZ VERDUGO, aporta la cantidad de $6.600.000.-, al contado y en dinero efectivo que ingresa en este acto a la caja social, correspondiente al 66% de los derechos sociales; y don IGNACIO ALFREDO JUSTO MOYA, aporta la cantidad de $3.400.000.-, al contado y en dinero efectivo que ingresa en este acto a la caja social, correspondiente al 34% de los derechos sociales.-.- RESPONSABILIDAD: Limitada al monto de sus respectivos aportes.- ADMINISTRACIÓN: corresponderá a ambos socios conjuntamente, facultades pacto social.- DURACION: 1 año prorrogado automática, tácita y sucesivamente por períodos de 1 año. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de Septiembre de 2020.