CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Agroindustrial Paine SpA

CVE 1827484
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
1 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2020
Repertorio
16188/2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Reemplazante de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 01 de Octubre de 2020, Repertorio N° 16.188 / 2020, ante mí, don Francisco Javier Allende Decombe constituyó una Sociedad por Acciones denominada Agroindustrial Paine SpA, con domicilio en Santiago y cuyo objeto es: a) la producción, elaboración, fabricación, manufactura e industrialización y embalaje de materias primas y productos provenientes del agro y alimentos procesados; y la explotación de toda clase de establecimientos o plantas procesadoras de materias primas agrícolas y alimentos, así como la preparación para su embarque al mercado nacional o extranjero, por cuenta propia o ajena; b) la comercialización y distribución de materias primas y productos agrícolas y alimentos procesados, así como la exportación e importación de los mismos; c) la realización de operaciones de transportes, almacenaje, estibas, carga y compraventa de materias primas agrícolas para el servicio de las plantas, así como de alimentos y productos procesados para su comercialización, así como para los procesos de importación y exportación de dichos productos; y d) la ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el ramo agrícola. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. El capital de la sociedad es la suma de $100.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito el cual se pagará dentro del plazo de 3 años, al contado y en dinero efectivo. Santiago, 05 de octubre de 2020.