SOCIEDAD DE MOVIMIENTOS DE TIERRA LO OVALLE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de septiembre de 2020
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Domicilio
- Los Ángeles
- Comuna
- Pública de Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES LEONBERG LIMITADA | socio | 76017493-9 | — | — | |
| INVERSIONES GERLINGEN LIMITADA | socio | 76253625-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de Los Ángeles, Caupolicán 355, de esta ciudad, certifico; que por escritura pública REP. 3564-2020, hoy ante mí, don MARCOS VILLALÓN URRUTIA, C.I. 9.323.840-0, domiciliado en calle Chamiza N° 6.683, comuna de Vitacura, Santiago y de paso por ésta, por sí y en representación de INVERSIONES LEONBERG LIMITADA, RUT 76.017.493-9, y de don LUCAS VILLALÓN JAHN, C.I. 18.637.019-8, todos del mismo domicilio del representante, y doña SYLVIA JAHN SCHACHT, C.I. 7.040.563-6, domiciliada en calle Chamiza N° 6.683, comuna de Vitacura, Santiago y de paso por ésta, en representación de INVERSIONES GERLINGEN LIMITADA, RUT 76.253.625-0, del mismo domicilio de la representante, modificaron la “SOCIEDAD DE MOVIMIENTOS DE TIERRA LO OVALLE LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.594.698-0, constituida por escritura pública de fecha 11 de Agosto del año 2.016, ante Claudio Hernán Mesina Schulz, Titular de la 46° Notaría Pública de Santiago, extracto inscrito a fojas 61.071 N° 33.062 del Registro de Comercio del año 2.016 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en Diario Oficial de fecha 22 de Agosto del año 2.016, Edición N° 41.539. Modificada por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2.019, otorgada ante Iván Torrealba Acevedo, Titular de la 33° Notaría Pública de Santiago, extracto inscrito a fojas 30.140 N° 15.138 del Registro de Comercio del año 2.019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en Diario Oficial de fecha 24 de Abril del año 2.019, Edición N° 42.337.- Únicos y actuales socios son: INVERSIONES LEONBERG LIMITADA, con una participación del 99% del haber social; y LUCAS VILLALÓN JAHN, con una participación del 1% del haber social.- CESIÓN DE DERECHOS: UNO) INVERSIONES LEONBERG LIMITADA, vende una parte de sus derechos ascendentes al 50% del haber social a MARCOS VILLALÓN URRUTIA, en $1.000.000; DOS) INVERSIONES LEONBERG LIMITADA, vende una parte de sus derechos ascendentes al 49% del haber social a INVERSIONES GERLINGEN LIMITADA, en $980.000; TRES) LUCAS VILLALÓN JAHN, vende la totalidad de sus derechos ascendentes al 1% del haber social a INVERSIONES GERLINGEN LIMITADA, en $20.000 .- Con cesión pactadas son únicos y actuales socios MARCOS VILLALÓN URRUTIA, con una participación del 50% del haber social e INVERSIONES GERLINGEN LIMITADA, con una participación del 50% del haber social.- AUMENTO DE CAPITAL: Los socios acordaron aumentar el capital social de $2.000.000 a $20.000.000, acordándose que dicho aumento sea pagado en dinero efectivo por los socios según se indica a continuación: a) Marcos Villalón Urrutia pagará la suma de $9.000.000 dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de esta escritura; y b) Inversiones Gerlingen Limitada pagará la suma de $9.000.000 dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de esta escritura.- MODIFICACIÓN: Se sustituye la cláusula sexta de los estatutos, por la siguiente: El capital de la sociedad es de $20.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: Uno) Marcos Villalón Urrutia, aporta $10.000.000, equivalente al 50% del total del interés social, de los cuales $1.000.000 fue pagado en dinero efectivo, en el acto de constitución de la sociedad, por quien le cedió sus derechos; y la suma de $9.000.000 dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de esta escritura; y Dos) Inversiones Gerlingen Limitada, aporta $10.000.000, equivalente al 50% del total del interés social, de los cuales $1.000.000 fue pagado en dinero efectivo, en el acto de constitución de la sociedad, por quien le cedió sus derechos; y la suma de $9.000.000 dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de esta escritura.- En lo no modificado permanecen vigentes estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Los Ángeles, 21 Septiembre 2020.