Elige Verde SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 14278-2020
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago, domiciliado en Huérfanos 941, oficina 302, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 17 de septiembre de 2020, repertorio 14.278-2020, ante mi suplente JEAN JACQUES DUTREY OSSA, abogado y de mismo domicilio, se redujo el acta pertinente de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Elige Verde SpA celebrada con fecha 3 de septiembre de 2020, se hizo constar la reforma de estatutos de la referida sociedad, la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 15.748 N° 8.123 del año 2019, a fin de: (A) aumentar el capital estatutario de la sociedad desde los actuales $1.000.000, dividido en 120 acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $61.000.000, dividido en 173 acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal, mediante: A) La capitalización de fondos de la cuenta “Mayor Valor Colocación de acciones” por $30.000.000, manteniendo el mismo número de acciones; y B) La emisión de 53 nuevas acciones de pago, iguales a las 120 acciones actualmente emitidas por la compañía, las que deberán quedar suscritas a más tardar el 31 de diciembre de 2020 y deberán ser pagadas por su respectivo suscriptor en dinero. El valor de colocación de cada una de las nuevas acciones emitidas no podrá ser inferior a $566.038. En consecuencia, de lo anterior, se sustituyeron los artículos Cuarto y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los que siguen: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de sesenta y un millones de pesos dividido en ciento setenta y tres acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal.”; y “DISPOSICIONES TRANSITORIAS: Uno: El capital de sesenta y un millones de pesos y las ciento setenta y tres acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal en que se divide, se encuentran en parte suscritos y pagados, y en parte pendientes de suscripción y pago, como sigue: a) un millón de pesos, representativo de ciento veinte acciones, fueron suscritas y pagadas por los accionistas con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo; b) treinta millones de pesos, representativo de las mismas ciento veinte acciones, correspondientes a la capitalización de la cuenta Mayor Valor de Colocación de acciones; y c) las cincuenta y tres nuevas acciones que corresponden a treinta millones de pesos y que fueron emitidas por la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el día tres de septiembre de dos mil veinte, deberán ser colocadas por el Directorio a un precio no inferior a quinientos sesenta y seis mil treinta y ocho pesos por acción, y deberán quedar suscritas y pagadas por su respectivo suscriptor, en dinero o mediante la capitalización de créditos líquidos que aquél tenga en contra de la sociedad a la fecha de su suscripción, a más tardar el treinta y uno de diciembre de dos mil veinte.” Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 02 de octubre de 2020.