Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2020
- Repertorio
- 8194/2020
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTÍ
- Oficio
- 48a Notaría de Santiago de don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 10 años contados desde el 1 de octubre de 2020
Objeto social
La Sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente de la 48a Notaría de Santiago de don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 1 de octubre de 2020 anotada bajo el repertorio N°8.194/2020 de esta misma Notaría ante mí, ELÉCTRICA DE MEDELLÍN, AGENCIA EN CHILE DE ELÉCTRICAS DE MEDELLÍN INGENIERÍA Y SERVICIOS S.A. y DISTROCUYO CHILE S.A. constituyeron una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “Andes del Sur SpA”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país. Duración: 10 años contados desde el 1 de octubre de 2020. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: /a/ La construcción, desarrollo y ejecución de las obras de ampliación, aprobadas en el Decreto Exento número ciento noventa y ocho del Ministerio de Energía de fecha cinco de agosto de dos mil diecinueve, publicado en el cuatrocientos dieciocho del cuatro de agosto de dos mil diecisiete, publicado en el Diario Oficial con fecha diecinueve de agosto de dos mil diecisiete, en adelante los “Decretos”; /b/ El desarrollo y ejecución por cuenta propia o de terceros de los proyectos de arquitectura y especialidades que ellas requieran, incluyendo la ingeniería de detalle de las obras, y que incluye los documentos a través de los cuales se emplazan, ubican, regulan, vinculan y específicamente e inequívocamente todas las características físicas, espaciales y técnicas que conforman la infraestructura, instalaciones y equipamiento suficientes y necesarios, conforme a todos los estándares técnicos para la correcta ejecución de la totalidad de los trabajos que implique la ejecución y desarrollo de las obras de ampliación; c) La realización de todas las actividades comerciales, industriales, financieras, mobiliarias e inmobiliarias, que sean necesarias para cumplir con las exigencias de las bases de Licitación; d) La adquisición de obras incluso con la fórmula de la adjudicación de servicios y la adjudicación de construcción y gestión en licitaciones convocadas por la Administración Pública, los Entes Públicos y sujetos privados; /e/ La planificación, suministro, instalación de los equipamientos necesarios para la ejecución y explotación de las obras de ampliación; /f/ La prestación de servicios de asesoría, asistencia, y consultoría en los sectores de la construcción, infraestructura y obras civiles; /g/ La planificación, realización y gestión de los permisos necesarios para dar cumplimiento a la construcción y ejecución de las obras de ampliación; /h/ La construcción, el arrendamiento, la compra y la venta de bienes, sistemas, estructuras civiles, industriales y comerciales, la realización de las correspondientes obras de construcción, instalaciones generales y auxiliares, a su cuenta o por medio de la contratación de terceros; i) La realización a suma alzada o por administración, como contratista general o por la contratación de terceros, de obras completas en los sectores de las infraestructuras civiles y las infraestructuras en general; /j/ El desarrollo de toda clase de inversiones y negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la adquisición y participación en toda clase de sociedades y personas jurídicas, cualquiera sea su clase o naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero, ya sea con terceros o con sociedades filiales; y /k/ El desarrollo de cualquier otra actividad o negocio que los accionistas de común acuerdo convinieren. La Sociedad también podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los accionistas determinen de común acuerdo ejecutar. Capital: El capital de la Sociedad es $10.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, sin valor nominal, nominativas y de una misma serie. El capital suscrito y pagado de la Sociedad asciende a la suma de $10.000.000. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 2 de octubre de 2020. Gustavo Montero Martí, Notario Público Suplente.