TAMAYA APART HOTEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 1277
- Notario
- LUIS POZA MALDONADO
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Y don RODRIGO ZAÑARTU NAVARRO chileno | socio | 9672388-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS POZA MALDONADO, Notario Público Santiago, Av. Vitacura N°6884, Vitacura, certifico: Por escritura de 28 de septiembre de 2020, ante mí Suplente don David Poza Matus, MARÍA MACARENA SALAS BOZZOLO, chilena, casada, separación total de bienes, diseñadora, CNI Nº 12.245.283 -2, domiciliada El Aromo 7620, Departamento 42, Vitacura, Santiago, R. Metropolita, POR SI y en REPRESENTACION de la empresa individual de responsabilidad limitada “COMERCIAL INMOBILIARIA MARÍA MACARENA SALAS BOZZOLO EIRL” del giro de su denominación y su mismo domicilio, RUT 76.138.637-9; Y don RODRIGO ZAÑARTU NAVARRO chileno, divorciado, empresario, CNI 9.672.388-1, domiciliado Las Tranqueras Oriente 2525 , Departamento 42, Vitacura, R. Metropolitana, conforme Ley Nº 19.499 corrigieron y sanearon con esta fecha, modificación por E. Púb. ante el Notario de Santiago, don Luis Poza Maldonado de 25.04.2011, Repertorio 1277 de la sociedad “TAMAYA APART HOTEL LIMITADA”, RUT 76.129.142-4 y publicada D. Oficial número 39.965, fecha 20.05.2011. En la escritura modificación y su extracto estaba mal citada la inscripción en el R. Comercio, y además, no se inscribió un extracto de ella. Por lo tanto, de conformidad a lo dispuesto por el artículo tercero de la Ley 3918 se ha incurrido de esa forma en un vicio de nulidad absoluta de ese acto, respecto de la modificación sociedad TAMAYA APART HOTEL LIMITADA constituida por E. Púb., Repertorio 3979 fecha 17 diciembre 2010, ante Notario Santiago LUIS POZA MALDONADO, CON UN CAPITAL DE $2.000.000.- El extracto se inscribió a fojas DOS Número DOS del año 2011 en el R. Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo y se publicó en el Diario Oficial número 39.843 de fecha 24 diciembre del 2010.- Vicio consistió en citar erradamente inscripción en la escritura y en el extracto de la modificación y no inscripción en el Registro de Comercio de Coquimbo. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 1 de octubre de 2020.