SOCIEDAD DE SERVICIOS CARLOS ROJAS SAZO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de septiembre de 2020
- Notario
- ANGELITA DE LA PAZ HORMAZABAL ALEGRIA
- Domicilio
- Talca
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANGELITA DE LA PAZ HORMAZABAL ALEGRIA, Notario Público Talca, oficio 2 oriente 1139, certifica: por escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2020, ante mí, don CARLOS LEONARDO ROJAS SAZO, chileno, empresario, cédula nacional de identidad número siete millones veintiún mil quinientos treinta guion seis (7.021.530-6) , casado separado totalmente de bienes, domiciliado en comuna de Alto Hospicio, calle los Castaños número tres mil ciento veintiséis, representado por don GONZALO ESTEBAN ROJAS ESPINACE, chileno, casado separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número catorce millones trescientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos dos guion nueve (14.345.402-9), por medio de mandato amplio, otorgado ante el notario público don SERGIO JOSÉ YABER SIMON, de la ciudad de Iquique, de fecha diecinueve de abril del año dos mil once, vigente a la fecha, el cual no se inserta por ser conocido por las partes y tenido a la vista por el notario que autoriza, y don GONZALO ESTEBAN ROJAS ESPINACE, chileno, casado separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número catorce millones trescientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos dos guion nueve (14.345.402-9), domiciliado en calle uno poniente número mil doscientos cincuenta y ocho de la ciudad de Talca, todos mayores de edad, exponen: CLAUSULA PRIMERA: los comparecientes modifican “SOCIEDAD DE SERVICIOS CARLOS ROJAS SAZO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, rol único tributario N°76.203.254-6, constituida por escritura pública de 08 de Febrero de 2012, cuyo extracto se publicó en el diario oficial de fecha 18 de Febrero de 2012, y se inscrita a fojas 275, número 230, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año dos mil doce.- CLÁUSULA SEGUNDA: por el presente instrumento los socios, modifican lo referido a la Administración y uso razón social, la cual corresponderá a Gonzalo Esteban Rojas Espinace, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con amplias facultades estipuladas en escritura extractada. El Objeto siendo su objeto, la prestación de servicios de contratista en personal calificado para la gran minería y construcción. El transporte de pasajeros ya sea que se ejecute por cuenta propia o de terceros. La realización de toda clase de servicios y actos y contratos relacionados con la minería, ya sea directa o indirectamente. Estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos, por cuenta propia o ajena, ya sea que se trate de obras de ingeniería, mecánica o electricidad. La compra, venta y arriendo de toda clase bienes muebles e inmuebles, el desarrollo de proyectos inmobiliarios y sus obras de urbanización, loteo y construcción, la reparación por cuenta propia o ajena de toda clase de edificios, casas, viviendas y bienes inmuebles en general. Del mismo modo y para el efecto de sus inversiones, la sociedad podrá comprar o enajenar, a cualquier titulo, bienes raíces o muebles, acciones y valores mobiliarios en general, efectos de comercio de cualquier naturaleza, constituir todo tipo de sociedades o ingresar a las ya constituidas, y participar en todo tipo de asociaciones, comunidades y personas jurídicas en general; y cualquier actividad que los socios acuerden llevar adelante, relacionada directa o indirectamente con el objeto principal. Asesorías profesionales, peritajes, consultorías, inspección técnica de obras, administración de contratos de construcción, instalación, explotación, administración, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos, por cuenta propia o de terceros, de café o cafeterías, salón de té, gelaterías, de pubs, restaurantes, fuentes de soda, bar, hoteles, moteles o de cualquier establecimiento en donde sirvan comidas preparadas, para consumir en el mismo local o para llevar, despacho a domicilio de platos preparados, expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, y en general , la prestación de todo tipo de servicios de hotelería y hospedería y asesorías gastronómicas en general, todo tipo de establecimientos de comercio destinados al servicio de entretención y turismo, realización de eventos públicos y privados. La comercialización, importación, exportación y distribución de alimentos en general. La explotación de centros de recreación de todo tipo. La explotación de comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, realizar operaciones de exportación e importación de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital y equipos. Realizar tanto en Chile como en el extranjero por sí o por medio de terceros todo tipo de asesorías, consultoría, diseño y desarrollo de orden técnico y/o intelectual, tecnologías de la información, bases de datos, programas, software, la creación, desarrollo, producción, mantención y venta de paginas web. Compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, consignación, por cuenta propia o ajena de todo tipo de productos nuevos o usados, tales como muebles, juguetes, alimentos, electrodomésticos, maquinaria, vehículos, partes, piezas y accesorios. Para tales fines la sociedad podrá actuar como usuario de zonas francas y/o regímenes de excepción aduanera que se encuentren en el país o en el extranjero. Prestar toda clase de servicios de asesorías profesionales en materias comerciales, industriales, mineras, económicas, financieras y administrativas. Dichos servicios podrán ser prestados por la sociedad a través de sus socios o mediante intervención de terceros. Sin que la enumeración sea taxativa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 29 Septiembre 2020.