Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- comuna de La Reina, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de agosto de 2020, Rep. N° 16.289-2020, ante mí, Marilyn Paz Romero Barra, cédula de identidad Nº14.193.350-7; domiciliada en calle Obispo del Solar Nº 5.830, comuna de La Reina, constituye sociedad por acciones cuyos estatutos se indican en escritura extractada, siendo materias objeto de extracto las siguientes: /a/ Razón Social: El nombre de la sociedad es “Servicios Médicos Paz Romero Barra SpA”, sin perjuicio de usar también el nombre de fantasía "Romero SpA". /b/ Domicilio: comuna de La Reina, Región Metropolitana, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. c) Duración: indefinida desde fecha de escritura extractada. d) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: El ámbito de la medicina en general, por cuenta propia o de terceros; la prestación de todo tipo de atención profesional en el área médica y sus especialidades; asesorías en esta áreas, por si o por medio de terceros colaboradores, pudiendo dar cursos, charlas, exposiciones, seminarios y otros de divulgación y especialización científica en el área médica; realizar cirugías, procedimientos ambulatorios, exámenes de laboratorio, farmacología, análisis, radiología, entre otros; realizar publicaciones, investigaciones, intercambio y experiencias de todo lo antes señalado. A su vez, podrá comercializar, al por menor y al por mayor, artículos médicos incluyendo la importación y exportación de toda clase de materiales, insumos, maquinarias e instrumental médico; realizar el estudio, construcción, instalación, funcionamiento de sanatorios o clínicas médicas. Realizar consultorías en asuntos y temas médicos y relacionados con el área de la salud y cualquier acto o negocio relacionado con la actividad principal. /e/ Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $500.000, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, todas de igual valor y sin valor nominal, que podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de septiembre de 2020.