Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2020
- Notario
- Christian Alejandro Ortiz Cáceres
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalChristian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Público Suplente de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas número 1161, entrepiso, certifica: por escritura pública, de hoy ante mí, Doña MICHELLE IYURHAMY GRIMAN CASTILLO, venezolana, Administradora, soltera, domiciliada en Trinidad Ramírez 01015, comuna de La Cisterna, Región Metropolitana, Doña DAYANA DANIELA ABDENAGUIRRE VELASQUEZ, Venezolana, Publicista, Soltera, domiciliada en Trinidad Ramírez 01015, comuna de La Cisterna, Región Metropolitana, de paso en esta, constituyen sociedad por acciones. Razón social "INVERSIONES MUFASA SpA", sin embargo podrá actuar sin limitación alguna ante cualquier organismo, institución pública o privada, Servicio de Impuestos Internos, Bancos e Instituciones Financieras, con el nombre de fantasía de "ALMACEN MUFASA". Objeto será: a) minimarket; b) servicios de comida al paso; c) fuente de soda; d) la preparación, elaboración y distribución de productos congelados; e) Panadería, pastelería; f) venta de cigarrillos; g) Servicio móvil de comida; h) la compra, venta directa, a distancia, vía Internet o comercio electrónico, cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor; i) distribución de todo tipo de bienes; j) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; k) la externalización, subcontratación, de personal externo; l) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; m) Toda actividad que él o los socios quieran desarrollar. Capital $1.000.000, dividido en 1.000 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de octubre de 2020.