Inversiones IPC Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de agosto de 2020
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.249.916.645 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la 42ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1070, piso 2, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de 7 agosto 2020 otorgada ante mí, Inversiones Dos Volcanes Limitada e Inversiones Logísticas Limitada, ambas domiciliadas Avenida El Bosque Norte 500, piso 18, comuna Las Condes, modificaron Inversiones IPC Limitada, constituida escritura pública 2 enero 2019, otorgada Notaría de Santiago de Andrés Felipe Rieutord Alvarado, inscrita a fojas 16.077, Nº8.270, Registro Comercio de Santiago año 2019. Modificaciones consisten: Uno / En el marco de la reestructuración acordada por los socios, se dividió Inversiones IPC Limitada en 2 sociedades, la misma Inversiones IPC Limitada, que continuará con su misma razón social y cuyo capital social se disminuye en $1.249.916.645.-, y la constitución de una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada Inversiones Logísticas Aéreas Limitada, a la que se aportó el monto antes indicado, distribuyéndole parte del activo y pasivo de la primera según se indica en escritura extractada. En virtud de lo anterior, capital social de Inversiones IPC Limitada disminuyó de $5.737.746.464.- a $4.487.829.819.-; Dos/ Asimismo, en consideración a la división y disminución de capital mencionadas, socios de Inversiones IPC Limitada acuerdan sustituir el Artículo Quinto Pacto Social de la misma, referente a capital social, consignando que el mismo asciende a cantidad de $4.487.829.819, que los socios han aportado y pagado de la siguiente manera: /a/ Inversiones Logísticas Limitada, ha aportado la cantidad de $4.486.512.663.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad; y /b/ Inversiones Dos Volcanes Limitada, ha aportado la cantidad de $1.317.156.-, íntegramente pagados a entera satisfacción de los demás socios y de la Sociedad. Socios reiteran límite responsabilidad a respectivos aportes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de septiembre de 2020.