Grupo Educacional Tec Dos SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, Certifica: por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2019, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Grupo Educacional Tec Dos SpA, celebrada con fecha 1 de Agosto de 2019 en la que asistieron la totalidad de los accionistas y por la unanimidad se acordó lo siguiente: Modificar el Artículo Quinto de los Estatutos, referido al número de directores, reemplazando, el referido Artículo Quinto así: “ARTICULO QUINTO: La sociedad será administrada por un Directorio elegido por la Junta de Accionistas, que estará integrado por tres miembros titulares, cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente que podrá reemplazarle en forma definitiva en caso de vacancia y en forma transitoria en caso de ausencia o impedimento temporal. El directorio durará un periodo de tres años al final del cual deberá renovarse totalmente, pidiendo ser reelegido indefinidamente. Los directores suplentes siempre podrán participar en las reuniones de directorio con derecho a voz y sólo tendrán derecho a voto cuando falten sus titulares. Para la validez de lo actuado por un director suplente no será necesario acreditar el motivo o circunstancia que impida actuar al respectivo titular, el que se presumirá por el sólo hecho actuar el suplente. No se requerirá la calidad de accionista para ser Director de la sociedad. Si se produjere la vacancia de un director titular, éste será reemplazado definitivamente por su suplente por todo el período que reste para la próxima elección de Directorio. En caso de que se produjere la vacancia de un director titular y de su respectivo suplente, deberá procederse a la renovación total del Directorio en la próxima Junta Ordinaria de Accionistas y, en el intertanto, el Directorio podrá nombrar un reemplazante.” Igualmente, por unanimidad se acordó Modificar el artículo Sexto de los Estatutos, reemplazando el referido Artículo Octavo así: “ARTICULO OCTAVO: Existirá un presidente del directorio que será designado de entre sus miembros en la primera sesión de directorio que éste celebre después que la junta ordinaria de accionistas haya efectuado su elección. Serán funciones del presidente presidir las sesiones de directorio y las juntas de accionistas, dirigir los debates, citar a sesión extraordinaria de directorio y decidir la votación en caso de empate”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de octubre de 2019.-