MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL, INGENIERIA Y SERVICIOS KOÑIMÓ LIMITADA

RUT 76080131-3 CVE 1825223
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2009
Notaría
Puerto

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2009
Repertorio
1628-2015
Comuna
Puerto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Lebby Carolín Barría Gutiérrez, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de septiembre de dos mil veinte, ante mí: NELSON ENRIQUE HERNANDEZ AILLAPAN, chileno, empresario, divorciado, cédula nacional de identidad 9.285.015-3, domiciliado pasaje 14 N°1103, Villa Jardines del Mirador de Puerto Montt; por sí y por: SOCIEDAD POR ACCIONES COMERCIAL Y SERVICIOS MARITIMOS SpA, DE NOMBRE FANTASIA BIOSUR SPA, R.U.T:76.369.095-4, mismo domicilio compareciente; y por SOCIEDAD POR ACCIONES INVERSIONES N&H SpA, R.U.T:76..445.243-7, con domicilio en calle Fiordo de Castro N°1103 Miramar de Puerto Montt, quienes acreditaron su identidad con sus respectivas cédulas, y las respectivas constituciones de las sociedades en que consta la representación que indican y realizaron la siguiente modificación de sociedad y cesión de derechos: PRIMERO: La SOCIEDAD COMERCIAL, INGENIERIA Y SERVICIOS KOÑIMÓ LIMITADA, fue constituida por escritura pública de 11 Noviembre 2009 ante Notario Público de Puerto Varas BERNARDO PATRICIO ESPINOSA BANCALARI, anotada en el repertorio notarial Nº1492-09 escritura N°65 del 2009, y se inscribió a fojas 1036 vuelta bajo el número 943 del Registro de Comercio de Puerto Montt del año 2009, el repertorio del conservador es el N°10883. La escritura se publicó en extracto en el Diario Oficial del día 28 de Noviembre del 2009. SEGUNDO: La sociedad individualizada, fue modificada por escritura pública de 26 Junio 2015, otorgada ante Notaria de Puerto Montt doña LEBBY CAROLIN BARRIA GUTIERREZ, anotada su repertorio Nº1628-2015, se inscribió a fojas 939 número 656 del Registro de Comercio de Puerto Montt del año 2015, y se publicó Diario Oficial 4 Julio 2015, el socio don JOSE PEDRO NOVOA COMICHEO, vendió, cedió y transfirió el cien por ciento de sus derechos a la sociedad BIOSUR SPA, y sólo quedaron como socios de la SOCIEDAD COMERCIAL, INGENIERIA Y SERVICIOS KOÑIMÓ LIMITADA, los socios don NELSON ENRIQUE HERNANDEZ AILLAPAN y BIOSUR SPA, ambos con un cincuenta por ciento cada uno. TERCERO: SOCIEDAD COMERCIAL, INGENIERIA Y SERVICIOS KOÑIMÓ LIMITADA, se modificó de la siguiente forma: a) BIOSUR SpA, vende, cede y transfiere el 60% de sus derechos a NELSON ENRIQUE HERNANDEZ AILLAPAN, y el 40% a SOCIEDAD POR ACCIONES INVERSIONES N&H SpA, siendo estos compradores y cesionarios los únicos socio, se retiró completamente de la sociedad el socio BIOSUR SPA, y quedan como únicos socios de la SOCIEDAD COMERCIAL, INGENIERIA Y SERVICIOS KOÑIMÓ LIMITADA: don NELSON ENRIQUE HERNANDEZ AILLAPAN con un ochenta por ciento de la SOCIEDAD COMERCIAL, INGENIERIA Y SERVICIOS KOÑIMÓ LIMITADA y el socio SOCIEDAD POR ACCIONES INVERSIONES N&H SpA con un veinte por ciento de la SOCIEDAD COMERCIAL, INGENIERIA Y SERVICIOS KOÑIMÓ LIMITADA b) Se agrega a la cláusula cuarta, a las facultades del socio administrador, las siguientes: a nombre propio y/o a nombre de la sociedad, comprar, vender, garantizar, avalar, afianzar, prendar, hipotecar, gravar, levantar y alzar prendas, levantar y alzar hipotecas y prohibiciones, prorrogar, re pactar, refundir, condonar, cobrar, perseguir, percibir, ceder, ser cesionario, firmar, tomar y suscribir, todo lo anterior de esta letra b) respecto además de toda clase de cheques, cheques viajeros, vale vista, letras, bonos, warrants, debentures, acreencias, saldos en cuentas corrientes, cuentas a la vista, cuenta rut, cuentas de ahorro, cuentas de ahorro de la vivienda, cuentas bipersonales, créditos y pagarés. Se faculta y autoriza además al socio administrador para, a nombre de la sociedad, operar con todo tipo de factoring y créditos automotrices, con todas y cada una de las facultades enumeradas en esta cláusula y todas las demás que se le otorgaron en la escritura de constitución. CUARTO: En todo lo demás que no se ha modificado la sociedad, permanece vigente y sin cambios, en especial se declara que para todos los efectos legales, el capital de la empresa individual de responsabilidad limitada se mantiene vigente en la suma de diez millones de pesos. Demás estipulaciones escritura extractada. Puerto Montt 25 de septiembre del 2020.-