Instrumento
- Notario
- JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es: El objeto de la sociedad es: A) Prestación, organización, administración, gerenciamiento, comercialización, asesorías y consultorías de todo tipo, en especial relacionadas con aspectos de la salud humana, gestión sanitaria, consultoría, elaboración, preparación, análisis, desarrollo, rehabilitación, servicios clínicos, quirúrgicos y anestesiológicos, y cualquier otro elemento relacionado a través de estas en todas sus características y etapas para instituciones y organismos del sector público, privado o en domicilios particulares, ya sea por cuenta propia o ajena, y a cualquier entidad que lo requiera B) Cirugías en todas sus modalidades, sea cirugía plástica u otra, electro medicina, Medicina Estética, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado, C) En general todo negocio o giro que establezcan los socios y que sea necesario para ejecutar los negocios principales de la sociedad”.Capital: El capital social es de $10.000.000 de pesos dividido y representado en 100 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal que los accionistas suscriben y pagan de la siguiente forma: BÁRBARA MARINA MOSCOSO TAPIA, en este acto, suscribe la cantidad de 100 acciones por la suma de $10.000.000 pesos, en moneda nacional, todas nominativas, de una misma serie e igual valor nominal, y el pago se hará en dinero efectivo que ingresa a la caja social en este acto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRES BERNALES LARRAIN, Abogado, Notario Público Titular Santiago, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 7163, La Florida, certifica: por escritura de hoy, ante mí: doña Bábarba Marina Moscoso Tapia, domiciliada en calle Collihuay oriente Nª 9660, comuna de La Florida, Región Metropolitana. Constituyó una sociedad por acciones: Razón social: “RED BIOSALUD Y CIRUGÍA MENOR SPA”, que también podrá usar el nombre de fantasía “CLÍNICA BIOTHERAPY SPA Duración: Indefinida; Domicilio: ciudad de Santiago; Objeto: El objeto de la sociedad es: El objeto de la sociedad es: A) Prestación, organización, administración, gerenciamiento, comercialización, asesorías y consultorías de todo tipo, en especial relacionadas con aspectos de la salud humana, gestión sanitaria, consultoría, elaboración, preparación, análisis, desarrollo, rehabilitación, servicios clínicos, quirúrgicos y anestesiológicos, y cualquier otro elemento relacionado a través de estas en todas sus características y etapas para instituciones y organismos del sector público, privado o en domicilios particulares, ya sea por cuenta propia o ajena, y a cualquier entidad que lo requiera B) Cirugías en todas sus modalidades, sea cirugía plástica u otra, electro medicina, Medicina Estética, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado, C) En general todo negocio o giro que establezcan los socios y que sea necesario para ejecutar los negocios principales de la sociedad”.Capital: El capital social es de $10.000.000 de pesos dividido y representado en 100 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal que los accionistas suscriben y pagan de la siguiente forma: BÁRBARA MARINA MOSCOSO TAPIA, en este acto, suscribe la cantidad de 100 acciones por la suma de $10.000.000 pesos, en moneda nacional, todas nominativas, de una misma serie e igual valor nominal, y el pago se hará en dinero efectivo que ingresa a la caja social en este acto. Demás estipulaciones extractadas. Santiago, 28 de Septiembre de 2020.-