ORTHOCLINICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 17230-2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 7 de septiembre de 2020, Repertorio N° 17.230-2020, ante mí, doña FRANCY YULIANA FAJARDO ZAMBRANO, cédula de identidad para extranjeros número veintitrés millones trecientos ochenta y cuatro mil dos guion cinco y doña MABEL ALEXANDRA ENRIQUEZ FAJARDO, ciudadana colombiana, soltera, diseñadora industrial, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones setecientos noventa y cuatro mil doscientos dos guion cinco, ambas domiciliadas para estos efectos en Morandé numero quinientos ochenta, local dos, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, transformaron la sociedad “ORTHOCLINICA LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio a fojas a fojas cuarenta y cuatro mil trescientos veintiuno número veintinueve mil seiscientos diecinueve del Conservador de Bienes Raíces de Santiago el once de junio del dos mil trece, y modificada conforme inscripción en el Registro de Comercio a fojas ocho mil doscientos cincuenta y cinco número cinco mil ciento veinticuatro, el veintiocho de enero del dos mil quince, en el siguiente sentido: Transformación societaria: Que por el presente acto e instrumento los comparecientes acuerdan en transformar la sociedad “ORTHOCLINICA LIMITADA”, antes singularizada, en una sociedad por acciones – SpA – de aquellas contempladas y normadas en los artículos trescientos cuarenta y ocho y cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio, introducidos por el articulo diecisiete de la Ley número veinte mil ciento noventa, manteniendo su Rol Único Tributario número setenta y seis millones trecientos mil ciento sesenta y tres guion seis (76.300.133-6), personalidad jurídica, activos y pasivos, derechos y obligaciones. Cesión de acciones: Conforme los estatutos de la anterior sociedad, “ORTHOCLINICA LIMITADA” tenía dos únicas socias: doña FRANCY YULIANA FAJARDO ZAMBRANO, con el noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, y doña MABEL ALEXANDRA ENRIQUEZ FAJARDO con el uno por ciento de los derechos sociales. Por el presente acto e instrumento, doña MABEL ALEXANDRA ENRIQUEZ FAJARDO, vende, cede y transfiere el uno por ciento de sus derechos sociales a doña FRANCY YULIANA FAJARDO ZAMBRANO, quien compra, acepta y adquiere para si el uno por ciento de los derechos sociales que le correspondían a la cedente en la sociedad, singularizados precedentemente. El precio de la presente cesión de derechos es la suma de veinte mil pesos, que la cesionaria paga en ese acto contado al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente recibir el precio a su entera y total satisfacción. Nombre de la sociedad: El nombre de la Sociedad será ORTHOCLINICA SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (a) La prestación servicios relacionados con servicios clínicos de odontología, pudiendo realizar labores en las área de endodoncia, ortodoncia, implantes, operatoria bucal, rayos x, bien como todas actividades relacionadas a la salud bucal; (b) Importación y exportación de todo el tipo de productos e insumos odontológicos para el uso propio o ajeno; (c) Compra, venda, arriendo, importación y exportación de todo el tipo de maquinarias en el ámbito odontológico sin limitación de ninguna especie. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socio gestor. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Capital Social: El capital social ascendente a la cantidad de dos millones de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito, enterado y pagado en caja social. Demás estipulaciones no extractables constan en escritura extractada.- Santiago, 24 de septiembre de 2020.