MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y RENTAS SENDERO LIMITADA

RUT 76849947-0 CVE 1825589
Capital
$40.041.176.273 CLP
Fecha instrumento
4 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de agosto de 2020
Notario
GUSTAVO MONTERO MARTÍ
Oficio
Titular de la 48 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.041.176.273 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente del Titular de la 48 Notaría de Santiago, don Roberto Antonio Cifuentes Allel, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, piso 6, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 4 de agosto de 2020, ante mí, Inversiones Porto Canelo Limitada, Sociedad de Inversiones Success Limitada, Titanium S.A., Sencorp ASL Integración Inmobiliaria SpA, Sencorp Rentas Limitada, Inmobiliaria Bosques S.A. e Inversiones Copihues del Sur S.A., todos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea N°2.800, piso 52, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES Y RENTAS SENDERO LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 15.943, N°8.627 del Registro de Comercio de Santiago del año 2018, acordaron modificar la Sociedad en el siguiente sentido: 1) Con el consentimiento de los demás socios, se acuerda el retiro de Inmobiliaria Bosques S.A. e Inversiones Copihues del Sur S.A. como socios de la Sociedad, a contar de la fecha de la escritura extractada, para lo cual acuerdan la disminución del capital aportado por los socios que se retiran, quedando en consecuencia Inversiones Porto Canelo Limitada, Sociedad de Inversiones Success Limitada, Titanium S.A., Sencorp ASL Integración Inmobiliaria SpA y Sencorp Rentas Limitada, como los únicos y actuales socios de la Sociedad. 2) En razón del retiro de los socios Inmobiliaria Bosques S.A. e Inversiones Copihues del Sur S.A., se acuerda disminuir el capital de la Sociedad de la cantidad de $42.460.296.956 a la cantidad de $40.041.176.273, esto es, en la cantidad de $2.419.120.683, monto devuelto exclusivamente por la Sociedad a los socios Inmobiliaria Bosques S.A. e Inversiones Copihues del Sur S.A. respectivamente 3) Acuerdan modificar el Artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales para reflejar lo antes expuesto, reemplazándolos por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de 40.041.176.273 pesos, que los socios han aportado y pagado de la siguiente manera: /uno/ Sociedad de Inversiones Success Limitada, la cantidad de 500.000 pesos, correspondiente al 0,00125 por ciento aproximadamente del capital social; /dos/ Inversiones Porto Canelo Limitada, la cantidad de 376.117.964 pesos, de los cuales 500.000 Pesos fueron pagados en dinero efectivo a la fecha de constitución de la Sociedad y mediante el aporte de distintos inmuebles avaluados en la cantidad de 375.617.964 pesos, lo que en total corresponde al 0,93933 por ciento aproximadamente del capital social; /tres/ Titanium S.A., mediante el aporte de 7.890.474 acciones emitidas por Inmobiliaria Titanium SpA, avaluadas en la cantidad de 12.212.577.453 pesos, correspondiente al 30,5 por ciento aproximadamente del capital social; /cuatro/ Sencorp ASL Integración Inmobiliaria SpA, la cantidad de 18.016.036.073 pesos, mediante el aporte de 2 acciones emitidas por Inmobiliaria Titanium SpA, avaluadas en la cantidad de 4.612 pesos, y distintos inmuebles avaluados en la cantidad de 18.016.031.461 pesos lo que en total corresponde al 44,9937 por ciento aproximadamente del capital social; /cinco/ Sencorp Rentas Limitada, mediante el aporte de distintos inmuebles avaluados en la cantidad de 9.435.944.783 pesos, correspondiente al 23,565 por ciento aproximadamente del capital social”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Pago del Capital. El capital de Inversiones y Rentas Sendero Limitada asciende a la cantidad de 40.041.176.273 pesos. Dicho capital se encuentra íntegramente pagado mediante escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2019”. 4) Acuerdan modificar el artículo segundo transitorio de los estatutos de la Sociedad en materias que no son objeto de extracto. La responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre de 2020. Gustavo Montero Martí, Notario Público Suplente.