Inversiones IcazaGroup Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2020
- Repertorio
- 11830/2020
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $80.547.425 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 19 de Agosto de 2020, Repertorio N° 11.830 /2020, ante mí, don Jorge Eduardo Icaza Pérez, doña Francisca Gana Pepper, Inversiones IcazaCorp Limitada y Administradora Albatros Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Santiago, Avenida Andrés Bello N°2.777, oficina 901, comuna de Las Condes; hicieron constar la constitución de la sociedad denominada Inversiones IcazaGroup Limitada, nacida de la división de Inversiones Aquelarre Limitada, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es: El objeto de la sociedad será la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a Administradora Albatros Limitada, la cual podrá actuar por medio de sus propios administradores, de apoderados generales o de mandatarios especialmente designados al efecto. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de la socia o terceros. El capital de la sociedad es la suma de $80.547.425, totalmente enterado en dinero en efectivo y mediante la capitalización de utilidades, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Jorge Eduardo Icaza Pérez, la suma de $4.029.386; b) a doña Francisca Gana Pepper, la suma de $4.027.265; c) a Inversiones IcazaCorp Limitada, la suma de $72.088.047; y, d) a Administradora Albatros Limitada, la suma de $402.727. La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 21 de Agosto de 2020.