MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FRANCISCO LUNA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 77233070-7 CVE 1825587
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de septiembre de 2020
Notaría
Talcahuano

Instrumento

Fecha
29 de septiembre de 2020
Notario
RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA
Oficio
4° Notaria Talcahuano
Comuna
Talcahuano

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 21.210

Objeto social

Socios acuerdan modificar y complementar objeto social, agregándose al ya existente la atención odontológica de pacientes particulares o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales, en clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas en todas las áreas de especialidades que contempla la odontología; explotación de negocios relacionados con industria de productos químicos, medicamentos, drogas, equipos, artefactos, elementos, repuestos y otros instrumentos odontológicos, sea mediante la fabricación de dichos productos, o por importación, exportación, distribución, venta o reventa de los mismos, o por ejercicio de representaciones de fábricas o comerciantes del

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
FRANCISCO LUNA Y COMPAÑÍA LIMITADA socio 77233070-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público 4° Notaria Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: Por escritura pública de 29 de septiembre de 2020, ante mí, FRANCISCO JAVIER LUNA ANDRADES, ROSA VIAL VIAL, MARTÍN JOSÉ LUNA VIAL y ROSA ANTONIETA LUNA VIAL, todos domiciliados en Lo Plaza 220, comuna de Chiguayante, ciudad de Concepción, modificaron sociedad FRANCISCO LUNA Y COMPAÑÍA LIMITADA, R.U.T. 77.233.070-7 constituida por escritura pública de 10/09/1998 ante Notario Público de Rancagua, Renato Astrosa Sotomayor, inscrita fojas 384v Nº442 en Registro de Comercio de Rancagua año 1998, publicado en Diario Oficial 04/11/1998. Modificada por escritura pública de 24/12/2016 suscrita ante Notario Público de Concepción, Juan Espinosa Bancalari, inscrita fojas 1340 Nº1024, en Registro de Comercio de Rancagua año 2016, publicado en Diario Oficial 29/12/2016. Modificación. Los comparecientes acordaron modificar la Sociedad Francisco Luna y Compañía Limitada: A) Cesiones de derechos. 1. Rosa Vial Vial, titular del 60% de derechos y acciones en la sociedad, vende, cede y transfiere a Martín José Luna Vial su 41,666%, lo que equivale al 25% de derechos en la sociedad. El precio de la cesión $6.500.000.- pago efectivo, y a Rosa Antonieta Luna Vial su 25%, lo que equivale al 15% de derechos en la sociedad. El precio de la cesión es $3.900.000.- pago efectivo. 2. Francisco Javier Luna Andrades, titular del 40% de derechos y acciones en la sociedad, vende, cede y transfiere a Martín José Luna Vial su 12.5%, lo que equivale al 5% de derechos en la sociedad. El precio de la cesión es $1.300.000.- pago efectivo, y a Rosa Antonieta Luna Vial su 12.5%, lo que equivale al 5% de derechos en la sociedad. El precio de la cesión es $1.300.000.- pago efectivo. Cada socio queda con los siguientes porcentajes, Francisco Javier Luna Andrades 30%; Rosa Vial Vial 20%; Martín José Luna Vial 30%; y, Rosa Antonieta Luna Vial 20%. B) Objeto Social. Socios acuerdan modificar y complementar objeto social, agregándose al ya existente la atención odontológica de pacientes particulares o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales, en clínicas, hospitales, consultas propias o ajenas en todas las áreas de especialidades que contempla la odontología; explotación de negocios relacionados con industria de productos químicos, medicamentos, drogas, equipos, artefactos, elementos, repuestos y otros instrumentos odontológicos, sea mediante la fabricación de dichos productos, o por importación, exportación, distribución, venta o reventa de los mismos, o por ejercicio de representaciones de fábricas o comerciantes del giro. C) Opción Tributaria. Según Ley 21.210 optaron por someter a la sociedad al sistema de tributación del articulo 14D Nº8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta denominado SISTEMA PROPYME TRANSPARENTE a contar del ejercicio comercial del presente año. Capital $1.000.000.- En lo demás rige pacto primitivo. Otras estipulaciones escritura extractada. Hualpén, 30 de septiembre de 2020.-