COMERCIALIZADORA, IMPORTADORA Y EXPORTADORA ANCESTRAL WINE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2020
- Notario
- Angélica Andrea Castro Gutiérrez
- Domicilio
- Conservador de Comercio y Minas
- Comuna
- Santa Cruz don Jorge Carvallo Velasco
Sociedad
- Capital
- $2.100.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de Pichidegua
Objeto social
a) la compraventa, producción, elaboración, comercialización, distribución representación y exportación de vinos, mostos, frutos de la vid y frutales; b) la compraventa, exportación, importación, y distribución de toda clase de bienes muebles y mercaderías, ya sea por cuenta propia o ajena; c) comisionista de vino, frutales; d) La importación, exportación, corretaje, compra y venta nacionales e internacionales, por mayor o menor, de materias primas, productos y todo tipo de bienes; e) Contratos de compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; f) Contratos de compraventa, comercialización, arrendamiento, de bienes muebles, materias primas y productos manufacturados en general; g) la representación de empresas nacionales y extranjeras; y, todo lo que, de cualquier manera, tiene relación o la tenga en el futuro, con todo lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAngélica Andrea Castro Gutiérrez, Notario Público, Conservador de Comercio y Minas, Suplente del Titular de la Segunda Notaria de Santa Cruz don Jorge Carvallo Velasco, según consta de Decreto Económico otorgado por el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, de fecha uno de junio del presente año, y protocolizado bajo el número cuatrocientos ochenta y cuatro al final del presente Registro de Instrumentos Públicos, con oficio en calle Claudio Cancino número sesenta, Pasaje Marcel, Certifica: Que por escritura pública de hoy, ante mí, doña GISSELLA BARBARA LIRA MORA, domiciliada en calle Parroquial sin número, comuna de Pichidegua, Región de O’Higgins, de paso por esta, doña CONSTANZA PAOLA LUARTE MIRANDA, domiciliada en Avenida Américo Vespucio cero cuatrocientos ochenta y cuatro, piso seis, departamento seiscientos uno, comuna de La Cisterna, Región Metropolitana, de paso por esta; y don MATIAS ANDRES TAPIA SERRANO, domiciliado en calle Parroquial sin número comuna de Pichidegua, Región de O’Higgins, de paso por esta; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada conforme a la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones. Razón social: “COMERCIALIZADORA, IMPORTADORA Y EXPORTADORA ANCESTRAL WINE LIMITADA”. Nombre fantasía “ANCESTRAL WINE LTDA.” Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Pichidegua, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda abrir en otros puntos del país.- Objeto: a) la compraventa, producción, elaboración, comercialización, distribución representación y exportación de vinos, mostos, frutos de la vid y frutales; b) la compraventa, exportación, importación, y distribución de toda clase de bienes muebles y mercaderías, ya sea por cuenta propia o ajena; c) comisionista de vino, frutales; d) La importación, exportación, corretaje, compra y venta nacionales e internacionales, por mayor o menor, de materias primas, productos y todo tipo de bienes; e) Contratos de compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; f) Contratos de compraventa, comercialización, arrendamiento, de bienes muebles, materias primas y productos manufacturados en general; g) la representación de empresas nacionales y extranjeras; y, todo lo que, de cualquier manera, tiene relación o la tenga en el futuro, con todo lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a doña GISSELLA BARBARA LIRA MORA, quien actuando por la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades. El capital de la sociedad es la suma de $2.100.000, aportado de la siguiente forma: a)doña Gissella Barbara Lira Mora aporta en este acto la suma de $700.000, equivalentes a un tercio del capital social en dinero en efectivo; b) doña Constanza Paola Luarte Miranda aporta en este acto la suma de $700.000, equivalentes a un tercio del capital social en dinero en efectivo; c) don Matías Andrés Tapia Serrano, aporta en este acto la suma de $700.000, equivalentes a un tercio del capital social en dinero en efectivo, todos los aportes han sido enterados en las arcas sociales, por tanto el capital queda totalmente enterado. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes. La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 5 años, renovables por periodos iguales.- Demás estipulaciones, constan en escritura extractada.- SANTA CRUZ, 24 septiembre 2020.