BETANIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 15334-2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de tres años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado por términos sucesivos e iguales de tres años si los socios de consuno no manifiestan su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos tres meses de anticipación al vencimiento del plazo o de la prórroga respectiva; Responsabilidad: La
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad, su representación legal y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN PABLO ORELLANA PIÑEIRO y a don IGNACIO JAVIER TORRES KARMY, amplias facultades;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la Trigésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, bajo el repertorio Nº 15.334-2020, don JUAN PABLO ORELLANA PIÑEIRO, cédula nacional de identidad número 12.721.439-5, domiciliado en Camino La Bodega número 45, comuna de Colina, Región Metropolitana, y don IGNACIO JAVIER TORRES KARMY, cédula nacional de identidad número 12.853.616-7, domiciliado en calle Apolo V número 1860, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad “BETANIA SpA”, acordaron su modificación y transformación en una sociedad de responsabilidad limitada, refundiendo sus estatutos sociales. Razón Social: “SERVICIOS Y HOGARES BETANIA LIMITADA”, la cual podrá girar en plaza con el nombre de fantasía de “AMOR MAYOR LTDA.”; Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /a/ La adquisición, enajenación, subdivisión, loteamiento, urbanización y explotación de toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia y/o ajena; /b/ La adquisición, enajenación y distribución de toda clase de bienes muebles, sea por cuenta propia y/o ajena; c) La prestación de servicios residenciales, médicos, farmacológicos, de recreación, de asesorías y, en general, todo otro servicio que se destine al cuidado de adultos mayores; d) La administración, organización, gestión y dirección de establecimientos destinados al cuidado de adultos mayores, sean éstos de larga o corta estadía, diurnos, residenciales o de cualquier otra clase o naturaleza, por cuenta propia y/o ajena; /e/ Invertir en toda clase de bienes muebles corporales; /f/ Administrar las inversiones anteriores y percibir sus frutos o rentas, constituir y/o participar en otras empresas o sociedades tanto nacionales como extranjeras, cualquiera sea su naturaleza o giro, en calidad de socio o accionista y /g/ en general, cualquier otra actividad que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes Estatutos. Podrá, asimismo, celebrar los contratos y actos jurídicos que en general sean necesarios para dichos fines. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Solo los socios de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo; Capital: $1.000.000, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: A) Don JUAN PABLO ORELLANA PIÑEIRO aporta la suma de 500.000 pesos, esto es, el 50 por ciento del capital social, suma que ha pagado y enterado con anterioridad a este acto; B) Don IGNACIO JAVIER TORRES KARMY aporta la suma de 500.000 pesos, esto es, el 50 por ciento del capital social, suma que ha pagado y enterado con anterioridad a este acto. De la forma antes señalada, queda íntegramente enterado y pagado el capital social aportado por los socios; Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se puedan establecer en otras regiones, comunas o ciudades, dentro o fuera del país. Uso de la razón social: La administración de la sociedad, su representación legal y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN PABLO ORELLANA PIÑEIRO y a don IGNACIO JAVIER TORRES KARMY, amplias facultades; Duración: La sociedad tendrá una duración de tres años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado por términos sucesivos e iguales de tres años si los socios de consuno no manifiestan su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos tres meses de anticipación al vencimiento del plazo o de la prórroga respectiva; Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de septiembre 2020.