CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

BACAN BURGER SpA

CVE 1825575
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de septiembre de 2020
Notario
ENRIQUE MIRA GAZMURI
Domicilio
reemplazante de don Raúl Undurraga Laso
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ENRIQUE MIRA GAZMURI, abogado y Notario Público reemplazante de don Raúl Undurraga Laso, Notario titular de la 29° Notaría de Santiago, domiciliado en calle Mac Iver N°225, oficina 302, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2020, otorgada ante mí, INMOBILIARIA EINS SpA, sociedad del giro de su denominación, representada por don Hugo Mauricio González Espinoza; constituyó una sociedad por acciones, fijando los siguientes estatutos: 1. Nombre: “BACAN BURGER SpA”. 2. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la explotación de centros de recreación, restaurantes, establecimientos de comida rápida, bares, fuentes de soda, heladerías, pizzerías y similares, en establecimientos propios o ajenos, y todo lo relacionado con dichas actividades, tales como el expendio de bebidas gaseosas, alcohólicas y analcohólicas, cigarrillos y comida; la fabricación, producción, industrialización, envasado, compra, venta, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de comida, ya sea esta preparada en forma industrial o no; la comercialización y distribución de otros productos del rubro alimenticio y abarrotes, bebidas y licores, ya sea mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de establecimientos comerciales; la prestación de servicios de banquetería y la producción de toda clase de eventos; y b) en general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas que no estén prohibidas por la ley o por estos estatutos. 3. Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de Septiembre de 2020.