Servicios Portuarios del Pacífico Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de septiembre de 2020
- Notario
- María Virginia Wielandt Covarrubias
- Oficio
- titular de la 5ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al socio denominado Puerto Caldera S.A. Puerto Caldera S.A. podrá ejercer sus facultades por medio de sus mandatarios o representantes habituales o por medio de mandatarios o representantes designados solo para estos efectos. Puerto Caldera S.A. designará o revocará al gerente, o al administrador portuario o a los demás mandatarios o representantes de Servicios Portuarios del Pacífico Limitada y regulará sus facultades por instrumento separado”. Dos: se modifica el primer párrafo del artículo DECIMO del estatuto social, reemplazándolo por el siguiente: “DECIMO: FACULTADES. El socio administrador, tendrá la administración y el uso de la razón social y las más amplias facultades, pudiendo representar a la sociedad ante cualquiera persona, autoridad o institución. Sin que la enumeración que sigue se considere taxativa o limitativa, tendrá las siguientes atribuciones…”. En lo no modificado expresamente se mantiene vigente el estatuto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Virginia Wielandt Covarrubias, notario público, suplente del titular de la 5ª Notaria de Santiago, Patricio Raby Benavente, oficio Gertrudis Echenique N°30, Oficina N°32, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública, ante mí, de fecha 14 Septiembre 2020, Puerto Caldera S.A e Inversiones Monte Amargo S.A., ambas domiciliadas Santiago, Avenida Las Condes 11.400, Piso 9, comuna de Vitacura, modificaron Servicios Portuarios del Pacífico Limitada, constituida por escritura pública de 29 de julio de 2005 otorgada en la notaría de Santiago de don Arturo Carvajal Escobar y cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 34, número 18 del Registro de Comercio al cargo del Conservador de Bienes Raíces de Caldera, del año 2005. La sociedad que se modifica fue objeto de un saneamiento, que rola inscrito a fojas 54 número 25 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Caldera, del año 2005. En escritura extractada se modificaron únicamente los siguientes dos puntos. Uno: Se reemplaza el artículo CUARTO del estatuto social, por el siguiente: “CUARTO: ADMINISTRACION: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al socio denominado Puerto Caldera S.A. Puerto Caldera S.A. podrá ejercer sus facultades por medio de sus mandatarios o representantes habituales o por medio de mandatarios o representantes designados solo para estos efectos. Puerto Caldera S.A. designará o revocará al gerente, o al administrador portuario o a los demás mandatarios o representantes de Servicios Portuarios del Pacífico Limitada y regulará sus facultades por instrumento separado”. Dos: se modifica el primer párrafo del artículo DECIMO del estatuto social, reemplazándolo por el siguiente: “DECIMO: FACULTADES. El socio administrador, tendrá la administración y el uso de la razón social y las más amplias facultades, pudiendo representar a la sociedad ante cualquiera persona, autoridad o institución. Sin que la enumeración que sigue se considere taxativa o limitativa, tendrá las siguientes atribuciones…”. En lo no modificado expresamente se mantiene vigente el estatuto. Otras estipulaciones de escritura extractada no interesan a terceros. Santiago, 23 de Septiembre de 2020. María Virginia Wielandt C. Notario Suplente.