CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

EMPRESA AURORA SpA

RUT 13680611-4 CVE 1824664
Fecha instrumento
17 de septiembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de septiembre de 2020
Repertorio
5284/2020
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago. III
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, leasing y cualquier otra forma de cesión del uso y goce temporal de toda clase de inmuebles, por cuenta propia o ajena; b) el estudio, implementación y ejecución de proyectos de ingeniería, arquitectura y construcción en obras civiles o industriales, por cuenta propia o ajena, como contratista o subcontratista; ejecutar en bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, toda clase de remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción; c) efectuar toda clase de inversiones por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, derechos sociales, valores mobiliarios, instrumentos financieros y cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio; d) participar en sociedades, comunidades y asociaciones y adquirir y enajenar efectos de comercio y valores mobiliarios; e) la prestación de todo tipo de servicios de asesorías comerciales, financieras, de inversión o de administración; f) comprar, vender, distribuir y comercializar a comisión toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles; y g) en general, ejecutar todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, Comuna de San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 17/09/2020, repertorio N°5284/2020, ante mí, compareció don ALEJANDRO JOSÉ ZÁRATE CASTILLO, cédula de identidad número 13.680.611-4; doña SYLVIA CASTILLO LUNA, cédula de identidad número 5.834.387-0; doña ROCÍO BELÉN ZÁRATE CASTILLO, cédula de identidad número 13.762.212-2; y don GUILLERMO ANDRÉS ZÁRATE CASTILLO, cédula de identidad número 13.762.213-0, todos domiciliados para estos efectos en Calle Los Espinos, Casa Dieciocho, Condominio Tierras Lindas III, Ecourbe Santa Elena, comuna de Colina, Chacabuco, quienes constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: I. Nombre. El nombre de la sociedad será “EMPRESA AURORA SpA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “AURORA SpA”, para fines comerciales, financieros y de publicidad. II. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago. III. Objeto. El objeto de la Sociedad será: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, leasing y cualquier otra forma de cesión del uso y goce temporal de toda clase de inmuebles, por cuenta propia o ajena; b) el estudio, implementación y ejecución de proyectos de ingeniería, arquitectura y construcción en obras civiles o industriales, por cuenta propia o ajena, como contratista o subcontratista; ejecutar en bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, toda clase de remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción; c) efectuar toda clase de inversiones por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, derechos sociales, valores mobiliarios, instrumentos financieros y cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio; d) participar en sociedades, comunidades y asociaciones y adquirir y enajenar efectos de comercio y valores mobiliarios; e) la prestación de todo tipo de servicios de asesorías comerciales, financieras, de inversión o de administración; f) comprar, vender, distribuir y comercializar a comisión toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles; y g) en general, ejecutar todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y que acordaren los socios. IV. Duración. La duración de la sociedad será indefinida. V. Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola y misma serie y sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. San Miguel, 29 de septiembre de 2020.