MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AMANTEA INTERNATIONAL SpA

RUT 76717199-4 CVE 1824759
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2020
Repertorio
5398/2020
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Avenida José Miguel Carrera Nº4886, comuna de San Miguel, certifico: por escritura pública de fecha 24 de septiembre de 2020, bajo el repertorio 5398/2020, ante mí, comparece: CLEMENTE ALBERTO HERNÁNDEZ GEMIGNIANI, en representación de AMANTEA SpA, en su calidad de único y actual accionista de la sociedad AMANTEA INTERNATIONAL SpA (la “Sociedad”), quien acuerda sanear los vicios de forma de que adolece tanto la Escritura de Constitución como el Extracto de la Escritura de Constitución de la Sociedad que consta en escritura pública de fecha 24 de julio de 2020, otorgada ante mí y en el oficio señalado (la “Escritura de Constitución”), por discrepancias de dicha escritura y entre ésta y su extracto, que fue inscrito a fojas 47.996 N° 22.897 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020 y publicado en el Diario Oficial con fecha 10 de agosto del mismo año, en el siguiente sentido: (a) se elimina, por no corresponder a lo señalado en la Escritura de Constitución, la individualización de “ANTONIO MAURIZIANO LO PRESTI” del enunciado del Capital del Extracto, siendo reemplazado por “AMANTEA SpA”; (b) se rectifica el enunciado del Extracto sobre el nombre de los accionistas que concurren al instrumento de Constitución de la Sociedad, reemplazando el enunciado por el siguiente: “ante mí, don ANTONIO MAURIZIANO LO PRESTI, en representación de AMANTEA SpA, cédula nacional de identidad para extranjeros número 9.153.515-7, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Vicuña Mackenna Poniente N°6843, oficina número 208, comuna de La Florida, ciudad de Santiago, Región Metropolitana” y; (c) Se rectifica el error de individualización en la Escritura de Constitución, eliminando la expresión “AM INTERNATIONAL INVESTMENT FUND SpA”, contenida en el Artículo Segundo Transitorio, de forma tal de aclarar y reemplazar por la individualización correcta que es “AMANTEA INTERNATIONAL SpA”.Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, a 24 de septiembre 2020.