AGRÍCOLA COYÁN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2020
- Repertorio
- 3807-2020
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, bajo el Rep. 7859-20, doña MARLIS BETTY GROLLMUS JAEKEL, chilena, divorciada, agricultora, C.I. N° 8.707.685-7, domiciliada en calle Hochstetter N° 605, departamento N° 804, comuna y ciudad de Temuco, y don MARCOS EDUARDO SCHURCH GROLLMUS, chileno, casado y separado de bienes, agricultor, C.I. N° 16.794.448-5, domiciliado en Fundo Coyán, comuna de Perquenco, y de paso en ésta, sanearon y corrigieron escritura pública de transformación de la sociedad AGRÍCOLA COYÁN LIMITADA en AGRÍCOLA COYÁN SpA, de fecha 12 de mayo de 2020, Repertorio N° 3.807-2020, otorgada en esta Notaría, y su respectivo extracto que fue publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de junio de 2020, e inscrito a Fojas 24, N° 19, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro, el 16 de junio del año 2020. El referido extracto se inscribió fuera del plazo de un mes establecido en el artículo 426 del Código de Comercio, lo cual, a juicio de una institución financiera de la plaza, produjo un vicio de nulidad el que los comparecientes sanearon y corrigieron por escritura extractada, en su calidad de actuales y únicos accionistas de la sociedad, conforme al artículo 1° inciso 3, en relación con el artículo 3°, ambos de la Ley 19.499. Se dejó constancia que en lo no saneado y corregido mantiene plenamente su vigencia y vigor la escritura de transformación de sociedad y su correspondiente extracto. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Temuco 17 de septiembre de 2020.